En caso de separacion de mutuo acuerdo, con liquidacion de la sociedad de ganancialel, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, se haria en su conjunto o en un impreso para cada bien individualmente considerado
entiendo que con un solo impreso que acumule todo el importe es suficiente, por similitud al de sucesiones, que se hace un solo impreso por heredero acumulando el valor de todos sus bienes. salvo mejor opinion.