Buenas noches y gracias por su labor, a todos los abogados que dedican su tiempo a responder consultas.
Mi padre me pidió realizar una transferencia desde la cuenta de mi abuela a mi cuenta bancaria, para poder pagar los gastos entre otros del funeral, ya que no había suficiente en su cuenta.
Como la transferencia se realizó antes de 24h de su fallecimiento creímos que no había problema.
Mi consulta es la siguiente:
¿ Voy yo a tener problemas con hacienda o con su banco, por esta transferencia? Aunque estaba autorizada por sus hijos.
Los movimientos hechos antes del fallecimiento no son materia de sucesiones y herencias, pues se supone que el autorizado en cuenta dispone del correspondiente permiso del titular. Pero tratándose de que esa modesta cantidad fue aplicada a gastos de sepelio, que es lo que ordena la ley, y que además no hay oposición por parte de la familia, y que el importe no es especialmente significativo, el asunto no debería preocuparle mayormente.
Gracias por su pronta respuesta.
La transferencia se realizó después de fallecer mi abuela, pero antes de haber transcurrido 24h.
Le agradezco de nuevo su respuesta.
Si los hijos de la señora están de acuerdo, y el dinero ha sido destinado a pagar el sepelio, ha actuado usted con rectitud y probidad, por lo que no le dé más vueltas al asunto.