La causante vivio y fallecio en España. Todos los herederos viven en Cataluña. Lo comento por lo del consulado.
problemas entre herederos no creo que haya si el testamento esta redactado asignando a cada heredero lo que el testante decidiese en su momento, partiendo de la base de que todo se ajusta a derecho.
Gracias
(disculpen la falta de signos de acentuacion, el movil no me permite ponerlos)
Si existen problemas entre los herederos o dudas con el testamento y es necesario acudir a los Tribunales para solucionarlos, los trámites pueden realizarse por medio de Abogado y Procurador.
Si sólo hay que aceptar la herencia, es necesario otorgar un poder notarial (a nombre de otro heredero o de otra persona, sea o no abogado) a fin de que en nombre del poderdante proceda a llevar a cabo dicha aceptación y la partición posterior. Ese poder puede otorgarse en el Consulado de España correspondiente.
1.- El Notario no avisa nada; son los que se consideran herederos quienes deben moverse.
2.- Si. No obstante ese "si" genérico, depende de otras circunstancias que no indicas.
tras un fallecimiento de familiar, habiendo diversos herederos, ninguno de ellos hijos del causante, ¿cómo hay que proceder? ¿es el notario quien avisa a los herederos?
En caso de que alguno de ellos viva fuera del lugar donde se hizo el testamento y donde está sita la vivienda y los terrenos que forman, supuestamente, parte de la herencia, podría éste realizar a través de abogado o el profesional que proceda los trámites sin problema?