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tramitar herencia

2 Comentarios
 
05/11/2010 12:09
Entiendo que, efectivamente, tendréis que ir a notaría para hacer la escritura de herencia, si bien, si no teneis intención de vender la vivienda, puede no ser muy útil. Si quiere saber los trámites a seguir sigue el enlace que te pongo: www.aherencias.es
04/11/2010 19:55
Es que hay cosas en tu mensaje que no cuadran:
- Normalmente los testamentos no mencionan bienes, salvo que sean legados "dejo tal casa a tal persona" o "dejo el Picasso a mi tía". A salvo de legados se suele nombrar a herederos universales, si acaso en tal o cual proporción, y a salvo de legítimas.
- Por otra parte el impuesto de sucesiones es de tipo personal: cada heredero o legatario declara y paga por lo que ha recibido. Si no se sabe qué ha recibido cada uno, en base a qué se ha liquidado?
- Normalmente se renuncia a la herencia, no a bienes en particular. Eso de "renuncio a la cuenta pero acepto el chalet" a mí no me cuadra.
Tendrás que explicarlo mejor, a ver dónde estamos, para que te podamos dar alguna pista de qué hacer.
Por favor, los de derecho foral, si me equivoco decidlo, que yo sólo sé de derecho común (y gracias).
Tramitar herencia
04/11/2010 14:05
Buenas tardes, os expongo mi caso a ver si me podeis ayudar:

mi padre fallecio hace ya 5 meses, el testamento que hizo junto a mi madre, era de uno para el otro. Pero todo desactualizado, ya que todos los biens que apercian en él, ya no existen, existen otros nuevos que no quedan reflejados en el testamento.

Ya hemos liquidado el impuesto,
respecto de los bienes;
- Cuentas corrientes: los hermanos hemos renunciado a favor de mi madre.
- imposiciones a plazo fijo: ahi andamos, queremos renunciar, cuando se cumplan, tambien todos a favor de mi madre.

La vivienda: aqui está el problema o más bien la duda: queremos que en ele registro quede reflejado la mitad indivisa de mi padre a nosotros y el usufructo a mi madre. pero al no estar este bien incluido en el testamento ¿ como lo hacemos?
¿podemos ir directamente al registro con la liquidacion, el testamento, y nada más?
O por el contrario, ¿ tenemos que hace ralguna gestión en el Notario?

Agradecría vuestra ayuda,
Gracias por adelantado y un saludo