La tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión EXCLUSIVAMENTE permite residir y trabajar en el Estado que la ha concedido, en este caso, España.
Ello no obsta que la persona pueda circular libremente por el espacio de Schengen y permanecer hasta por 90 días en el territorio de cualquiera de los Estados que integran el espacio de Schengen y asimismo, recibir en ellos servicios o ir a prestarlos si han sido contratados en España o la empresa para la que trabaja la envía a prestar esos servicios en otro Estado parte de manera ocasional.
Los familiares de ciudadano de la Unión no tienen un derecho de residencia autónomo, sino dependiente y condicionado al hecho de ser familiar de un ciudadano de la Unión (que es el que les da el derecho de residencia), a quien acompañan o con quien vienen a reunirse.
Para poder trabajar en otro Estado miembro de la Unión Europea, debe el familiar ciudadano de la Unión ejercer su derecho de residencia en ese Estado y una vez que lo tenga reconocido, solicitar para su familiar una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en ese país.
Yo soy ciudadano español, mi pareja, que es mi pareja de hecho registrada como tal, ha conseguido su TIE en base a esta condición. Tiene una duración de 5 años. Mi duda es, al ser ella familiar de un ciudadano de la unión europea, ¿tiene permiso para trabajar en la unión europea? ¿Como puede conseguir dicho permiso?