Sabéis en que disposición se recoge la obligación que tienen aquellos centros de trabajos con más de 50 trabajadores, de contratar a un porcentaje de trabajadores minusválidos. Gracias
Un saludo.
La Ley de Integración Social de Minusválidos,en su art. 38.1, establece la obligación de las empresas, con una plantilla igual o superior a 50, de contratar a un 2% de trabajadores/as con discapacidad.
La Ley de Atención a las Personas con Discapacidad de Andalucía en su art. 23.1, señala " que se reservará un cupo no inferior al 3% del conjunto de las plazas de la Oferta Pública de Empleo para las personas con discapacidad.."