Trabajador al que se le hace un contrato temporal por circunstancias de la producción. Se comunica debidamente al Servef y a Seguridad Social. Trabaja 14 dias y de repente desaparece. Se le envia burofax comunicando el cese por no superación del periodo de prueba y por ausentarse en el puesto de trabajo. Finalmente ni ha firmado el contrato, ni finiquito ni nada.
Hoy resulta hemos recibido la papeleta de conciliación. El trabajador nos ha denunciando por despido improcedente alegando que verbalmente le prometimos un contrato indefinido.
Nosotros hemos actuado de buena fe en todo momento. Que podemos hacer?
Sin conocer los detalles y si es como lo cuentan, yo diría que el trabajador no tiene nada que hacer.
Pero si se ha metido en ese fregao, a lo mejor hay algo más.
El trabajador alega que verbalmente la empresa le ofreció un contrato indefinido y un salario mayor pero la empresa dice lo contario. Por otra parte se le ingreso en su cuenta un anticipo de salario lo que a mi entender implica aceptación de las condiciones del contrato.
Si está establecido en el contrato o en el convenio el periodo de prueba y el despido ha sido por no superación del periodo de prueba, sigo sin ver qué pretende el trabajador, aunque se le hubiera ofrecido lo que fuera.
a mi entender lo que pretende aparte de fastidiar a la empresa, es que se declare el contrato indefinido y el despido improcedente pero el tema esta en que no ha firmado el contrato ni el finiquito. Sólo ha recogido el burofax.
Se puede hacer un cese por no superación del periodo de prueba también con un contrato indefinido. ¿Estaba realmente en periodo de prueba cuando se le mandó el burofax?
De todas formas, lo único que habría que perder sería la indemnización por despido improcedente por 14 días, que será una miseria.
De verdad, que no sé a qué aspira.
De verdad y sinceramente no hay nada mas.Efectivamente estaba en periodo de prueba cuando se le envió el burofax. Es lo que yo no termino de entender porque estamos hablando de 14 dias, no de 14 años... además incluso hizo " de las suyas" en la empresa este incompetente.
No se entienden las pretensiones del empleado, pues por muy bien que le vallan las cosas, es lo que dices isa, que provecho ha de sacar de este procedimiento.
Es posible que el trabajador, que parece NO haber firmado ningún contrato escrito("ni ha firmado el contrato"), alegue que llevaba ya en la empresa pongamos que DOS MESES (es un ejemplo) y por tanto quiere que el juez reconozca que su contrato, al no haberse celebrado por escrito, es de duracion indefinida. Y por eso pida la improcedncia, que es lo de menos al ser poco tiempo, lo importante es el importe de lso salarios de tramitación.
EStoy con archilla. El tema es claro. Trabajador que empieza a trabajar, no firma contrato independientemente de que sea indefinido o temporal, no hay periodo de prueba pues no está firmado. El cese es un despido, y es improcedente. Máxime, cuando según isa "Se le envia burofax comunicando el cese por no superación del periodo de prueba y por ausentarse en el puesto de trabajo". En un cese por no superar el periodo de prueba no es dable otra razón. Es un despido. Y es improcedente. Va a sacar una miseria de indemnización, pero los salarios de trámite van a ser tres o cuatro meses si no lo arreglan pronto.
Salvo mejor opinión.
Yo suponía que había algo que se me escapaba. Por eso no tenía claro nada.
Entonces, supongo que a consignar la indemnización en el juzgado echando leches ¿no? ¿O ya no está en plazo?
Hola isa77ll, cuando dices que "Se comunica debidamente al Servef y a Seguridad Social", supongo que en el alta de tesoreria de S.S deberas haberle dado una fecha de alta, tipo de contrato, etc., con lo cual tienes algo a que agarrarte, ahora sino ha sido así, pués es evidente que no podeís demostrar fecha de inicio.-
Todavía está a tiempo de admitir la improcedencia del despido y consignar la indemnización en el juzgado más los salarios de tramitación hasta la fecha de consignación. De hecho, el plazo para reconocer la improcedencia (y consignar) es hasta que se celebra el acto de conciliación