MI duda es la siguiente.
Tengo un vecino que tiene un toldo, puesto las 24 horas del día tanto en verano como en invierno. Él vive en el bajo y yo en el primer, justo enci-ma.
He hablado varias veces con él, el resultado siempre es el mismo, me lo quita los dos primeros días y al tercero otra vez igual.
El inconveniente primero es que soy alérgica al polvo, por lo que me causa asfixia, ya que todo el polvo del toldo llega hasta mi balcón / salón, y tengo que tener todo el día el bal-cón cerrado, y por supuesto hacer uso del aire acondicionado, cuando no sería necesario
Segundo: El calor que desprende el toldo en verano me sube a mí y esto resulta ser un invernadero
Tercero: Me tapa parte de las vistas que tengo ya que él tiene una terraza de grandes dimensiones y yo un balcón, que es la cuarta parte de su patio
Cuarto: Cuando hace aire el toldo golpea en los hierros y es imposible dormir entre el ruido de la lona y los hierros.
Esto es todo, quisiera saber si por alguno de los motivos comentados puedo hacer que lo recoja.
Yo no me niego a que lo tenga durante el dia, pero cuando se vaya el sol que lo quite.
Es tal la impotencia, ya que el me dice que si quiere puede tenerlo ya que el toldo no esta en mi balcón.
Si, en su dia si que le dieron el consentimiento para ello. Tambien he preguntado si la comunidad tiene estatutos, ya que yo llevo viviendo aqui 3 años, los mismo que llevo con este tema.Me han dicho que no
No se que tendra que ver los estatutos con el toldo.
Como segun usted indica su instalacion fue autorizada por la cominudad, por ello poco puede hacer.
Las vistas que pueda quitarle el toldo seran de la zona inferior de su balcón, las vistas del frente es imposible que le impidan disfrutar de ellas.
No existe ley slguna que oblige a recoger el toldo cuando llega la noche.
Si el toldo tiene polvo, es que estará en el ambiente e igual le molestara este o no el toldo
1_Hombre pues el estatuto de una comunidad es un conjunto de normas que regulan la convivcia, puede estar perfectamente.
bak
2_Como he indicado, mi balcon es mucho mas pequeño que la terraza, mas de tres metros al yo estar mas alta ese espacio me lo quita. Al frente evidentemente veo (los balcones de otro bloque) no la calle
3_ Cuando un toldo esta mucho tiempo puesto va acumulando una cantidas de polvo y suciedad que no es la que esta en el ambiente, la cual es desprendida a mi balcon.
Espero haber aclarado sus dudas.
No obstante, creo que este foro es para intentar encontrar ayuda,, no para cuestionar lo que esta diciendo otra persona.
¿El consentimiento de la comunidad figura en algún sitio y fue unánime, incluyendo el propietario de tu actual vivienda?
¿El toldo está instalado en la fachada que da a la calle y en ese caso tiene permiso municipal?
Es lo que tiene vivir en comunidad, a veces hay que soportar cosas que nos molestan. Su vecino no está haciendo nada ilegal, pone o quita su toldo a su criterio.
No va a poder hacer nada al respecto, lo siento.
No se trata de poner en duda su problema que doy por sentado que.
es real,
Lo unico que resalto es que su queja no tiene recorrido alguno, dado que como Fixin indica, el vecino de abajo recoje el toldo cuando cree conveniente, dado que él se puede sentir una fijación por parte de usted si el toldo está recogido y se siente incomodo cuando se siente observado, y tambien puede decir que le encanta estar desnudo y esta situacion le pueda incomodar a usted
Eso no figuraria nunca en los estatutos, en todo caso en las normas de regimen interior, art.6 de la LPH
PARA Juan S. La colocación de toldos, no necesita unanimidad, unicamente 3/5 art. 10.3.b LPH
Y lo que carece de sentido es su pregunta:
¿El consentimiento de la comunidad figura en algún sitio y fue unánime, incluyendo el propietario de tu actual vivienda?
Hubiese sido muy curioso que el solicitante hubiese votado en contra
Que cosas hay que leer, sera por LA CALO
"puestos a ser malos vecinos".
Utilizar un toldo. como le plazca al propietario, es ser mal vecino??
Tener el toldo echado es siquiera remotamente parecido a echarle encima pintura, lejía o colillas???
La verdad es que para dar estos "consejos" ... lo que hay que leer
La indemnización la fija la comunidad de propietarios, la misma que le dio la autorización para instalarlo.
Lleva viviendo 3 años allí la consultante, seguramente el toldo lleve más tiempo ... me da que por el tema indemnizatorio poco va a rascar.
Juan S. El NUEVE DE JULIO a las 22,02 en el primer párrafo, usted escribió
¿El consentimiento de la comunidad figura en algún sitio y fue unánime, incluyendo el propietario de tu actual vivienda?
Que intenta usted hacerme comulgar con ruedas de molino?
Entonces segun usted la instalacion de un toldo (cosa que normalmente se acuerda en conjunto y por mayoria), se debería de aprobar por el art. 17.6.
Debo de estar muy desconectada de la LPH, Desconocia que la instalacion de un toldo afecte al titulo constitutivo
porque es una incongruencia que usted indique que se necesita UNANIMIDAD incluyendo al propietario anterior
Si hay unanimidad pues ya se sabe que son todos y e indicado propietario actual como si indico propietario del 6A
A ver, este señor no tiene la unanimidad, es más, el toldo ni siquiera lo puso igual que los que hay. Pero este señor hace lo que le da la gana.
También le denegamos el permiso para poner un techado (de chapa) en el patio de luces, al cual hay que acceder por su vivienda y lo puso. Imagínense cuando llueve como suena eso.
Yo no he afirmado que sea necesaria la unanimidad, lo que yo hice es una pregunta sobre la unanimidad y sobre el voto del propietario del piso afectado. Creo que hay muchas diferencia entre una cosa y otra.