Buenas,
El motivo de mi consulta es que tengo una vivienda antigua (200 años) herencia de mi padre en paz descanse, esa vivienda al fallecer mi padre, se usó para dar cabida a ciertos individuos sin contrato de alquiler que abusaron del agua y generaron una deuda por impago. Ahora me reclaman a mí la deuda o me cortan el agua. Me pregunto si el suministro de agua según el ayuntamiento es personal (mi padre) y está fallecido, ¿debo cambiar la titularidad a mi nombre para que se extinga la deuda ocasionada? o ¿es subrogada a mi persona? ¿Cual es la manera de proceder?
Desde un punto de vista práctico lo normal sería acudir a la empresa que gestiona el suministro y exponerle el caso, porque dependiendo de cada población, el agua puede estar gestionada por una empresa privada o puede estar involucrado el ayuntamiento, y puedes encontrarte que en un pueblo el suministro te lo da la compañía y en otros dependa del Ayuntamiento, y que lo que vale para un pueblo no valga para el de al lado.