Desde un punto de vista práctico lo normal sería acudir a la empresa que gestiona el suministro y exponerle el caso, porque dependiendo de cada población, el agua puede estar gestionada por una empresa privada o puede estar involucrado el ayuntamiento, y puedes encontrarte que en un pueblo el suministro te lo da la compañía y en otros dependa del Ayuntamiento, y que lo que vale para un pueblo no valga para el de al lado.
Buenas,
El motivo de mi consulta es que tengo una vivienda antigua (200 años) herencia de mi padre en paz descanse, esa vivienda al fallecer mi padre, se usó para dar cabida a ciertos individuos sin contrato de alquiler que abusaron del agua y generaron una deuda por impago. Ahora me reclaman a mí la deuda o me cortan el agua. Me pregunto si el suministro de agua según el ayuntamiento es personal (mi padre) y está fallecido, ¿debo cambiar la titularidad a mi nombre para que se extinga la deuda ocasionada? o ¿es subrogada a mi persona? ¿Cual es la manera de proceder?