Quería consultar si alguien puede asesorarme, mis padres han fallecido los 2, somos tres hermanos, al morir mi madre ahora, ha dejado todo a uno de los hermanos(en esta comunidad autonóma se puede hacer no dejar la legitima), cuando mi padre fallecio tenemos una escritura proindiviso de los tres hermanos de lo suyo, que todavía no hemos dividido, hay una serie de fincas rústicas que no figuran en el Registro de la Propiedad, no han sido nunca inscritas a nombre de nadie, en el castastro figuran a nombre de mi madre, pero no hay escritura que diga que eran de ella, lo único que tenemos son contratos de compra privados de esas fincas.
Mi pregunta es, ¿que validez tienen el hecho que esten inscritas a nombre de alguien en el catastro? ¿puede mi hermano ponerselas como están a nombre de mi madre, sabiendo como sabemos que fueron compradas por los contratos privados de compra que tenemos? ¿puedo ponermelas yo a mi nombre?
Ya se que lo mejor es llegar a acuerdos, pero cuando por una de las partes no hay voluntad....