He solicitado al catastro que se de referencia catastral a una fincas. ¿Qué plazo tiene el catastro para contestar? Silencio Administrativo negativo, ¿ verdad?.
El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que:
— Una norma con rango de ley establezca otro mayor.
— Lo prevea la normativa comunitaria europea (artículo 42.2).
Si las normas reguladoras del procedimiento no fijan un plazo máximo, por defecto, éste será de tres meses.