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tiempo legal transcribe un alquiler?

21 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 21 comentarios
Tiempo legal transcribe un alquiler?
02/02/2010 03:20
buenas

pues eso compañeros quien me sabria orientar al respecto de cuando transcribe un cobro de un alquiler si hablamos de 10 años que se deben??

unos dicen 5 años, solo se les puede reclamar otros lo contrario alguien aporta luz en el asunto

un cordial saludo
02/02/2010 03:51
Puedes estar tranquilo, las deudas por alquiler, te hayan dicho lo que te hayan dicho, no transcriben nunca.

Pero ojo, si que prescriben:

Artículo 1966 CC:

"Por el transcurso de cinco años prescriben las acciones para exigir el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

La de pagar pensiones alimenticias.

La de satisfacer el precio de los arriendos, sean éstos de fincas rústicas o de fincas urbanas.

La de cualesquiera otros pagos que deban hacerse por años o en plazos más breves."

Por lo tanto sólo se podrán reclamar los últimos 5 años





02/02/2010 06:24
gracias lsd2

si bien tengo entendido segun usted podre pedirla alquiler 5 años ultimos,

pero dicho alquiler no probiene de un arrendamiento, si no de una herencia, (inmueble) que dizfruta una heredera poseyendo del mismo bien solo 2/9 partes en nuda propiedad,segun disposiciones testamentarias y que a su vez ha estado dizfrutando 23 años , sin que nada pueda hacer...a ecepcion de dicho alquiler.

saludos cordiales
02/02/2010 13:06
¿Pero existía contrato de arrendamiento o, aun no existiendo, pagaba alguna renta?
Es que si además es nuda propietaria de una parte indivisa, implica la existencia de usufructuaria/o que bien pudiera haber arrendado a esta persona, pero eso es algo que se ignora....
faltan datos vitales para una respuesta mínimamente cercana a la legalidad
02/02/2010 15:01
gracias x responder

¿Pero existía contrato de arrendamiento o, aun no existiendo, pagaba alguna renta? no y no

se trata de que mi abuela propietaria del inmueble en cuestion, fallecio en el año 87, y leido testamento en la actualidad, donde una tia le lega 1/9 parte y ala hija de esta 2/9(nuda propiedad), a mi difunta madre 1/3 y a su hermano tio mio fallecido sin descendencia y adcidente de trafico , y dicha participacion se acrecen los dos hermanos.. pues bien...
mi idea es reclamarle el alquiler ya que dizfruta un bien sin poseer la totalidad de dicho inmueble..

la cuestion es podria reclamarles dicha cuantia?? cuando ha trascrito?? 5 años solo puedo pedirla.. o es mas??

saludos cordiales
02/02/2010 17:30
No puede reclamar absolutamente NADA por ese concepto de alquiler dado que ni existe arrendamiento expreso ni verbal.
Y para ver otras posibilidades me temo que la información que Vd. facilita es demasiado confusa.
02/02/2010 19:54
Alquiler cómo le vas a cobrar, si es suya la casa???????????????????????????????????????????????????????

Lo que puedes pedir es división de cosa común, y que o compre la casa o comprarla tu, o ponerla en subasta, pero una renta,,,,,,

ainss....
02/02/2010 19:57
por cierto.... pone en el testamento algo relativo al usufructo???? ¿qué pone exactamente?

¿Ha leído usyed el testamento, para conocer t odas la claúsulas?
03/02/2010 06:04
nuevamente mil gracias

compañeros de el inmueble que hablamos no hay usufructo.. la usufructuaria no tiene que vivir en ese inmueble ya que no esta destinado para tal fin y si otra casa de mi abuelo entendeis..

pero hablamos del la casa de mi abuela.. donde las partes quedan reflejadas..

el problema es que mi tia y la hija de esta desde el obito de la muerte de mi abuela, tendrian que haberse mudado a otro inmueble destinado segun testamento de mi (abuelo) usufructo...mientras conserve el stado de solteria,

año 87 fallece mi abuela, mi madre posee gran parte en una y otro inmueble, la mitad de ambas casas..ahora bien... peroo me digo yo . no se sabe la parte si es medio, centro, derecha, izquierda, pero tambien se que no tienen ningun derecho en vivir una casa, donde mi madre no puede sacar rentas por que los herederos mencionados no quieran mudarse y mantener una casa (abuelo y si usufructo) y la de mi abuela viviendo como los marqueses)
resumiendo:

1º.- inmueble, segun disposiciones testamentarias, el usufructo de dicha vivienda es para los solteros siempre que conserven dicho estado, pero un tio mio fallecio soltero, tras la declaracion abinstestato, se reparte dicha porcion de 1/3 para mi madre y su hermana.

2ª.- inmueble, de mi abuela, y fallece en el año 87,
mi madre dispone de 1/3 mas la parte del hermano de (1/3) de dicho inmueble ,mi tia 1/9 mas 2/9 partes usufructo vitalicio. la hija de esta ultima 2/9 partes en nuda propiedad(no puede dizfrutar)cosa que lleva haciendo desde el obito de la muerte de mi abuela ( aqui no hay disposiciones testamentarias que los solteros dizfruten el usufructo) y mas aun tiraron el ajuar de dicho inmueble,sin autorizacion de los herederos,

habida cuenta que, claramente yo como heredero de mi difunta madre, no he podido en la actualidad sacar ninguna renta, ya que los que menciono, no quieren dejar dicho inmueble de hay,que haya un perjuicio claro, y es por lo que quisiera pedirla alquiler..

saludos cordiales amigos y gracias



03/02/2010 10:25
Sigue sin quedar claro el tema del usufructo (¿vitalicio o temporal condicionado a mla solatería?, ¿sigue siendo soltera?) no obstante DA IGUAL dado que ante la imposibilidad de cobrar alquiler alguno a su tía y prima (si no lo he entendido mal), lo que le cabe es acudir a un Juzgado para dividir esa cosa -casa- común...y punto.
03/02/2010 14:18
papino..

el usufrutno de la casa de mi abuela se hace reseñar a los bienes muebles, no a los inmuebles
dicho ajuar mi tia lo tiro, sin consentimiento..

.Conservar la cosa en su forma y sustancia; es decir, sin destruirla ni dañarla,

las 2/9 partes en usufructo vitalicio de mi tia es del caudal que deje relicto..

sigo sin entender porque no puedo pedirla una renta ya que dizfruta de la porcion hereditaria que le tocaria a mi madre mas de la mitad de dicho inmueble...

alguien aporta luz a este tema

pd:en un exposito dice textualmente que el legado se entregara despues de dos años del fallecimiento de mis abuelos, aunque haya ausentes, menores u incapacitados.

mil gracias

03/02/2010 15:23
Yo no me he enterado de nada, lo siento.

Si el usufructo era sobre los 2/9, y aún no se ha partido herencia, yo entiendo que tiene derecho a vivir en la casa.

Pero si no lo explicas mejor, usando comas, puntos, etc.. y esas cosas, va a ser difícil de entender...

Vuelve a explicarlo mejor....
03/02/2010 16:04
lsd2 gracias

veamos, como os lo explico..para que os hagais una idea..
-----------hay dos inmuebles----------

1º- inmueble de mi difunta abuela....

dispositivo 3º
lega a sus hijos solteros mi tio(fallecido sin decesdencia) y mi tia y a la hija de esta ultima, para mientras conserven en dicho estado y con el derecho de acreecer entre ellos tres, el usufructo de los bienes muebles, enseres y utincilios que constituyan el ajuar de la casa de la testadora.

dispositivo 4º
instituye herederos de la siguiente forma..
a mi tia 1/9 parte del caudar que deje relicto la testadora, y en usfructo vitalicio, 2/9 partes de dicho caudal.
a la hija de esta ultima y en nuda propiedad en cuanto a 2/9 partes de la herencia.

y a mi tio difunto y a mi madre 1/3 para cada uno de ellos..

----------------2º inmueble de mi abuelo-----------

mismas disposiciones a ecepcion, que el usufructo ya es inmueble y no bienes muebles...

y es por lo que tanto mi tia, como la hija de esta, no tienen porque vivir en la casa de mi abuela, perjudicando claramente a los restantes herederos
ya que el inmueble de mi abuelo la tiene cerrada y sin habitar.. y si dizfrutan de un inmueble(abuela) en el que no tienen porque..

de hay mi pregunta ,que pueda reclamarles una renta,ya que por si mismo, no solo incumple lo que mi abuela testo , tambien dizfrutan la parte de mi madre sin que estos, pagen nada de nada..

espero haber sido mas conciso con el asunto que me atañe..

gracias


03/02/2010 16:08
A ver tocayo:

Hemos sido varios profesionales del derecho los que le hemos hasta insistido sobre la imposibilidad de cobrar rentas o desahuciar a su anciana tía.....¿no es bastante?
03/02/2010 16:09
una cosa que no puse, mi tia esta judicialmente incapacitada y la hija de esta ultima, esta casada..

gracias y perdonen por demorar tanto este asunto
03/02/2010 16:25
a ver... El inmueble de tu abuela, ¿era el unico que tenía a la hora de fallecer?

Porque si es así, el esufructo, aunque sea de 2/9, es sobre ese piso, puesto que no se puede partir el piso.

Cobrar, no le puedes cobrar, por lo que dice Papino, y porque si ese piso en parte es suyo, no le puedes cobrar alquiler por vivir en su casa, y más si además tiene usufructo de él.

Lo único que podéis hacer es pedir la división de cosa común, como ta te expliqué en otro mensaje.


Por cierto, Papino: Te agradezco que me llames profesional del derecho, pero aún no lo soy. Sólo un triste estudiante, aunque espero acabar no muy lejos en el tiempo ;D
03/02/2010 16:40
lsd2 no es el unico inmueble..casa de 300 metros cuadrados.

pues si es asin,usted lo ha dicho es parte suyo, pero que parte?? y cual la de mi madre.. estamos en las mismas decis que no se puede, , la verdad tengo una paja mental de mil narices.y xdon por la expresion.. y viva la justicia

donde no tiene el derecho a vivir, lo hace y de paso que alquile la que tiene cerrada viva la constitucion española..


gracias x todo
03/02/2010 16:58
¿habeis pedido la partición de la herencia?

Si no es así, hacedlo ya.

Así sabréis qué es de cada cual. Pero de todas formas, si tiene usufructo....Tus abuelos lo harían para no dejar colgada a tu tía, supongo yo.

No es un problema de la ley, ni de la Constitución. Es un problema de la voluntad de tus abuelos. Ellos lo dispuesieron así, puesto que eran sus bienes (tú dispones de tus bienes como te parezca, ¿no?). Así que si quieres despotricar contra algo o alguien, hazlo contra tus abuelos...........
03/02/2010 18:28
señor lsd2

y de ley tambien , ya que lo que hizo mis abuelos nada de lo que esta en dicho testamento se ha hecho..


desde cuando una nuda propiedad se puede disfrutar? desde cuando una usufructuaria puede tirar un bien que se le dejo en usufructo?'

en fin que le vamos a hacer es justicia
03/02/2010 23:01
Pero eso no es problema de que laq ley está mal hecha, eso es problema de que no se cumple....