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Tiempo de reserva de puesto a un funcionario

11 Comentarios
 
Tiempo de reserva de puesto a un funcionario
15/03/2010 15:20
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente: Tengo reconocida una incapacidad permantente en el grado de absoluta, y en estos días, tengo revisión en el inss, y me gustaría incorporarme a mi puesto de trabajo. Mi duda es la siguiente, qué tiempo me reservan la plaza de funcionario. Me han comentado que es de dos años, pero el EBEP, en su artículo 68, no menciona plazo de tiempo. Muchas GRAcias de antemano por sus respuestas.
15/03/2010 19:55
has perdido la plaza, al haber estado sujeto a una incapcidad absoluta la plaza se extinguio, seguramente cobraste el finiquito, eso es el punto final.
15/03/2010 20:04
No entiendo que es eso del finiquito. Yo soy Funcionario, no he cobrado ningún finiquito. Por el hecho de haber estado incapacitado, no he perdido absolutamente nada. Es más ese artículo del EBEP, no menciona tiempo. Por otro lado, la ley General de la seguridad, habla de dos años, los cuales aún no han pasado !!
16/03/2010 19:56
ALgún avezado en estos temas ?
17/03/2010 11:15
No hay tiempo de reserva del puesto pero si de la condición de funcionario, ya que:

1. En caso de incapacidad permanente absoluta pierdes la condición de funcionario (y evidentemente el puesto de trabajo que tenías).

2.
Artículo 68 del EBEP. Rehabilitación de la condición de funcionario. 1. En caso de extinción de la relación de servicios como consecuencia de pérdida de la nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente para el servicio, el interesado, una vez desaparecida la causa objetiva que la motivó, podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario, QUE LE SERÁ CONCEDIDA.

Otra cuestión es que para incorporarte a un puesto deberás solicitar una adscripción provisional o participar en un concurso.
19/03/2010 17:35
Y?
19/03/2010 20:15
HE subido el hilo para que me den otras perspectivas del problema. Ok ?
21/03/2010 18:53
OK. Pero lo mio no es una perspectiva...pongo lo que pone la norma...

¿Es para funcionarios del Estado? Si es así no vendría mal leerse el siguiente Real Decreto: Real Decreto 2669/1998, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el procedimiento a seguir en materia de rehabilitación de los funcionarios públicos en el ámbito de la Administración General del Estado.

Saludos.
21/03/2010 21:35
Administración Local
22/03/2010 08:53
Mira si en la Comunidad Autónoma de la Administración Local afectada existe alguna norma que regule la rehabilitación y que sea de aplicación a los funcionarios de la Administración local (lo cual no es probable)... en caso contrario sería de aplicación el Real Decreto 2669/1998, de 11 de diciembre

Saludos
22/03/2010 13:21
Es la Comunidad Autónoma de Andalucía, y no tengo ni idea de si hay o no algún decreto. Muchas gracias.
16/04/2011 18:54
Hola Solsticio. ¿te han readmitido como funcionario?
¿al final que te dijeron?

Espero tu respuesta. Me puede ayudar. Gracias