hola mi pregunta mis padres ya fallecidos hicieron testamento somos 6 hermanos a cinco nos ha dejado (legado) un inmueble a cada uno de los cinco y una vez echo el reparto dice estos legados se imputaran a los tercios de mejora y libre disposicion y en la clausula tercera del testamento dice instituye herederos a partes iguales a sus 6 nombrados hijos ello sin perjuicio de los legados ordenados en las clausulas anteriores.
es decir a uno de los seis no a dejado mejora ni libre disposicion ,a este hermano ¿que le corresponde de la herencia ? a parte de esos inmuebles mis padres tenian un dinero en el banco y un inmueble que no se lo a dejado a ninguno de los 6 hijos
aparte de eso quiero que me aclaren si un inmueble (es decir tiene mas valor que otro) es mayor que otro debe de mejorar el que le a correspondido un inmueble mayor al que le ha correspondido un inmueble menor ya que mis padres no dejaron ninguna clausula donde diga que al que le haya legado un inmueble mayor tiene que darle al que haya legado uno menor, este hermano dice que a el le corresponde una parte de cada uno de nuestros inmuebles porque al ser 6 tenemos todos una parte en cada uno de los inmueble esto es asi o mis padres ya al legar esto en el tercio de mejora y libre disposicion cada uno somos dueños de nuestroas inmuebles y no seis partes como este hermano dice gracias
hola de nuevo el hermano que no ha recibido inmueble dice que los inmubles son de los 6 y que si el mañana quiere cambiar la cerradura y meterse en uno de esos inmuebles nadie lo puede echar de alli ni si quiera un juez y estos inmuebles son las viviendas de nosotros para que usted lo sepa gracias
es esto asi porque ya lo dejo usted claro que esos legados son propiedad nuestra al haberlo dispuesto en el testamento mi padres y el no es dueño de ninguna parte de nuestros inmuebles
A ver por mucho que ponga en el testamento que a uno de los hermanos lo han dejado sin nada, legalmente le corresponte 1/6 (porque sois 6 a repartir) del 1/3 de legítima estricta. Si el que no ha heredado nada impugna el testamento va a conseguir lo que le corresponde legalmente por mucho que tu digas que no es dueño de nada.
Es mejor hablar con conocimiento. A cargo de los tercios de mejora y de libre disposición se dan esos legados. El otro hermano tiene su legítima estricta y probablemente algo más (aún queda por repartir un dinero y otro inmueble). Así que no se ha desheredado a nadie, simplemente se le ha mejorado a unos u otros. Pero su parte legal la tiene cada uno.
Por mucho que el otro impugne se va a quedar igual, siempre que no se vulnere su legítima estricta, que en este caso es de 1/18 del total, pues el testamento es claro al respecto.
Si el hermano se mete en alguna de las otras casas, y allí vive alguien, estará cometiendo delito de allanamiento de morada, y por supuesto que un juez o la policía podrá echarlo a la calle, además de la pena que se le imponga.
lsd2, es verdad perdon, tienes razon, me aceleré leyendo, entendiendolo bien no cabe impugnación porque está todo correcto.
El dinero y el inmueble que no ha entrado en el testamento corresponde a los 6 hermanos a partes iguales.
Para autor lsd2 muchas gracias me esta sirviendo de gran ayuda sus respuestas
le comento ,el total el total de la herencia entre los 5 inmuebles legados mas el dinero del banco mas el inmueble que no esta adjudicado supone un millon de euros (166.000.000 de las antiguas pesetas) que le corresponde al hermano que solo tiene la legitima por favor me lo puede decir con los calculos que usted me dio y que fue este:(eso se divide entre 18 3x6 hermanos)
Tengo un sobrino de una hermana fallecida. El padre de éste se casó con otra mujer y ésta adoptó a mi sobrino. Actualmente mi sobrino tiene los apellidos de su padre y de su nueva madre.Quisiera saber si por esta adopción, mi sobrino a perdido la herencia que le correspondía a mi hermana de mis padres. Gracias
PARA AUTOR LSD2 POR FAVOR YA UNA ULTIMA ACLARACION
al sumar los bienes los inmuebles PARA SABER SU VALOR ¿se valoran por el valor catastral que tengan ha efectos de herencia ?es decir no se van a valora para venderlos en el mercado porque ya el valor seria mucho mas caro y supongo que subirian su valor al sumar los inmuebles ya que el valor catastral es menor y supongo que ese valor es el que hay que poner por ser herencia y no poner un precio tasado de lo que puede valer cada inmubeble ya que la suma seria mucho mas elevada creo que no es lo mismo valorarlo para herencia que para venderlo ( YA QUE NO VAMOS A VENDER NINGUNO ) y si es por el catastro que porcentaje hay que sumarle segun la ley para saber el valor del inmueble por ejemplo el mio tiene un valor catastral de 68.866.91 ? ¿que valor tendria? ,no se si me he explicado bien espero respuesta gracias
que lo tiene que hacer un tasador entonces lo que se dice de el valor catastral mas un tanto porciento que marca la ley para herencia que tanto porciento es sobre el valor del inmueble
y por otro lado no me contesto usted sobre que precio tendria mi inmueble si el valor catastral es de 68.866.91€ que tanto por ciento tengo que aplicarle gracias
No tengo ni pajolera idea del precio real de su vivienda. No soy tasador, ni tengo los datos de dónde está ubicada, ni las calidades que tiene, ni el estado de la misma, la orientación al sol y a los vientos, etc.... Sobre el porcentaje a aplicar, más de lo mismo, dependerá de la ciudad, zona, calle, facilidades que haya cerca, etc..
Para eso deberá preguntar a un tasador o a un letrado proporcionándole toda la documentación posible y necesaria.
En el ISD, hay que declarar como mínimo, el valor que marca cada Comunidad Autónoma. A veces, en parcelas ó terrenos rusticos, como parece ser que has oido algo, es el valor catastral multiplicado por un coeficiente (cada Comunidad tiene el suyo). En el caso de viviendas es distinto.
Estas tasaciones "oficiales", que es el mínimo por el que teneis que declarar la herencia, es gratuita. La puedes conseguir por Internet. Entra en la pagina web de tu Comunidad Autónoma, busca "consejeria de Hacienda", ó "hacienda", despues "gestiones y tramites" u "oficina virtual" ó "servicios y consultas," depende porque cada Comunidad hace la pagina como le parece..y una vez ahí busca "servicios de valoracion" ó "valoración de bienes". Despues rellenas los datos que te van pidiendo, y ya tienes la tasación. Lo imprimes y con eso podeis echar vuestras cuentas, e ir al Notario.
un aduda mi hermano y mi padre tienen una empresa mi hermano posee 666 participaciones y mi padre 333 en total son 999 mis padres ya fallecieron las participaciones de mis padres pasan a sus herederos