Un apunte más...el hecho de haber sido aceptada ya, porque el notario nos decía que tenía que irse y había que firmar, y es lo que había...nos impediría ejercer acción alguna posterior dado que la herencia está aceptada, o se entenderá aceptada siendo nula esa cláusula (en el caso de que realmente sea nula)....?
Ya entiendo que es de acuerdo al Derecho Civil Catalán pero supongo que la nulidad afectará del mismo modo... lo que más me preocupa en este momento es si realmente se puede ejercer acción posterior... Espero haberme explicado...gracias nuevamente
mmmm, es en Cataluña...
Vas a tener que preguntarle a algún experto en Dº Civil catalán. En un principio, si esa carga fuese inoficiosa por gravar o vulnerar la legítima, se tendría por no puesta. Pero para ello habría que leer el testamento completo, y valorar los bienes en él. y actuar valorando y de acuerdo al Dº Civil catalán.
Mi consejo, vaya a ver al notario, pregúntele y obtenga una copia del testamento, y luego vaya a otro notario o abogado especializado y vuelva a preguntarle. Quizás el mismo que la ha cagado no le vaya a resultar de mucha ayuda, pues no le gustará admitir pudo equivocarse.
Gracias a ambos, pero Nerenetari, entiendo todo lo que se refiere a la voluntad del testador no es ésa mi pregunta, gracias no obstante.
Lds2; la finca es una finca con dos referencias catastrales una urbana y otra rustica (la urbana tiene una edificación realizada por mi padre, la rústica una en la que edificó una pequeña casa de 5-x 5 por ser rústico y ser lo permitido). Pero ambas son partes de la misma finca, con número de registro igual.
Esta finca, total, tiene un valor de 24.000 euros, y el notario dice que debemos compensar a mi hermano con 30.000, por su construcción.
Nosotros hemos aceptado el testamento, ya, porque estábamos aturdidos, el notario nos metió prisa porque quería irse y nos iba leyendo a trozos.
Cuando dijismos que no entendíamos, dijo que era lo que ponía el testamento, y que a él se lo había dicho mi madre..
Con mi madre fui yo a hacer testamento, yo la acompañé, porque tenía esa idea en la cabeza, y aunque no estábamos de acuerdo pues la edificación no era el objeto por el cual se fuera a vender la finca, sino más bien molestaba, la llevé para que cumpliera su voluntad.
Su voluntad era: nosotros al morir mi padre en el 2005 pusimos la finca en venta (por separado aunque sea una sola, con el fin de separar rústica y urbana). El precio que barajamos por poderse edificar en la urbana era considerable. Por lo que mi madre decidió compensar esa inversión realizada por mi hermano si se vendía la finca, la parte rústica. Mi hermano invirtió 3,5 millones de las antiguas pesetas, y mi madre quiso revalorizarlo (pobrecilla, ella siempre intentó ser justa).
Pero la finca no se vendía, y mi madre, quiso asegurar que cuando se vendiera, si ella había fallecido, a mi hermano se le dieran esos 30.000 euros. Y con esa intención fuimos al notario.
En el testamento dice: si al fallecimiento la finca no se hubiera vendido, se detraigana a favor de xxxx 30.000 euros para compensar la inversión realizada.
Por eso se hizo referencia a si no se hubiera vendido, porque si nomi madre hubiera decidido compensarle ella misma y no imponernos una carga a nosotras. Jamás hubiera hecho eso mi madre, y cuando hizo el testamento se sintió tranquila.
El valor de la carga es superior a la herencia en el caso de mi hermana, puesto que a mí me deja su tercera parte de donde yo vivo, lo cual supera el valor de la finca.
En el caso de mi hermana, sí que le grava directamente la legítima porque es lo único que la pobre hereda y es con una deuda superior.
Incluso el notario habló de darle más parte de la finca,....
Pero hemos firmado, y según el articulo 26 del CC Catalán es irrevocable la aceptación.
Aun así puede resultar inoficiosa??? y en ese caso qué debemos hacer?
En la manifestación de herencia ha puesto" compensar a su hijo con 30.000 euros según lo expuesto en el testamento". Es ahí donde podemos batallar llegado el caso? si nos exigiera la deuda antes de venderse, intentando mostrar la intención verdadera de mi madre o que se había vulnerado la legítima?
Qué pasos debemos realizar entonces?
Y:
- la deuda en caso de no venderse la finca y mi hermano aceptar que sea abonado cuando se venda, pasa a sus herederos y éstos pueden reclamarla cuando deseen? ya sé que no pone a la venta, pero si consiguiéramos un documento por el cual mi hermano se compromete a que esa deuda se compense a la venta, nosotros ya estaríamos de acuerdo pues lo que perseguimos es la voluntad de mi madre.
NO queremos deshacernos de una deuda, es su voluntad, pero su voluntad era no causarnos perjuicios... y el notario se equivocó y mucho, pueso que no ha puesto a la venta.
Por favor, aconséjame, yo mañana voy a ir al notario a buscar la copia simple y quisiera, saber qué debo hacer...
Detraiga de lo que os haya dejado. No es que tengáis una deuda nueva, es que habéis heredado algo, y de ese algo hay que darle a vuestro hermano una parte.
Si el valor la carga que os impone es mayor que el valor de la herencia dejada, entiendo que esa clausula es inoficiosa, por varios motivos:
1º-Grava la legítima, y ésta ha de ser libre de cargas.
2º-Vulnera la legítima, pues vuestra parte se ve vulnerada por lo que se le dejaría a vuestro hermano.
Annars:
Nadie mejor que el Notario para decirles lo que pueden hacer y lo que no con este testamento, y si entre ustedes hay algo con lo que no estan de acuerdo, cosa con la que yo tambien estoy de acuerdo, y es que , siempre es bueno segundas y hasta cuartas consultas si es necesario, aunque en cuanto a la ley testamentaria va a ser la misma.
Sino estan conformes con la opinion de este notario, pueden ustedes realizar la consulta con otro, y si ve que las versiones coinciden, no hay duda, habra cosas que puedan recurrir y otras que no en base a si el testamento esta o no correctamente redactado, pero recuerde, que aunque a usted y sus hermanos lo que les parezca justo o no, la ley testamentaria esta ahi, y en base a eso podran o no cambiar lo que hay hasta el momento, testamentos se pueden redactar los que se quieran, y el ultimo siempre es el valido, y respetando dependiendo de la jurisdiccion donde ustedes vivan segun que ley testamentaria rija, respetando las legitimas y tercios de mejora, el testador puede cambiar en cualquier momento el testamento, estando en plenas facultades mentales y haber dispuesto clausulas en el testamento, a fin de cuentas la herencia es del que testa, y dentro del margen que la ley le permita puede disponer de esos bienes, a placer, y entiendo y cualquiera tambien, que si el testador dispone una manera del reparto de sus bienes, y esta dentro del margen de la ley, no hay mas que hacer por justo o injusto que les parezca a ustedes.
Ayer fuimos a la manifetacion de herencia al notario, mis hermanos y yo. Existía testamento, en el cual la voluntad de mi madre era que de una finca, que estaba a la venta en vida de mi madre, al venderse, se le dieran a mi hermano una cantidad x, porque había construido una casita, y era una compensación por la inversión.
Pues ayer, cuando nos lee el notario todo esto, os dice que los hermanos, compensarán, a su hermano con x, por la inversión. Nada de cuando se venda ni nada. Se lo decimos, y dice que mi madre dijo textualmente según lee:
Si al momento de su fallecimiento no se hubiera vendido se DETRAERÁ el importe de x euros para compensar por la inversión.
Bien, nos quejamos, y nos dijo que se podía hacer una carta de pago, conforme mi hermano cobraba o bien, se podía dejar una carga en la inscripción en el registro sin constar fecha para ella.
Mi cuestión es la siguiente:
- la obligación nace de la ley, los contratos, los cuasicontratos, etc...por tanto, es válida una obligación impuesta en la forma en la que se ha realizado sin constar que es a la venta de la finca?
- hemos firmado, por tanto qué vías tenemos... puesto que en la manifestación se ha hecho constar qeu se audeuda esa cantidad de acuerdo al testamento (testamento que está siendo malinterpretado).?
- Podemos invalidar esa cláusula?
- Es personalísima o pasa a herederos de mi hermano en caso de que no se haya cumplido...
Por poner un ejemplo claro de la patinada del notario, el valor de la finca es 4 (con construcciones que hay dos, incluídas, una la hicieron mis padres y la otra, que es una casita que está rota, y no tiene valor...en su día le costó 2 y la disfrutó con su ex mujer e hijos hasta que se separaron en 2006), según consta en la manifestación, (4 dividido entre tres hermanos) y dice que compensemos a mi hermano con 5...
Por favor, esto lo firmamos ayer, y hoy estamos con una deuda que no teníamos y que yo entiendo que mi madre no puede (ni quería pobrecilla, han retorcido su voluntad...si vivía conmigo y lo hablaba siempre, que ya lo sabía, pero que bueno, qeu si se vendía por 40 se le dieran 5 y ya estaba...sueños suyos..y yo incluso la llevé a hacer el testamento y ésa no era su voluntad). Detraiga dice...detraiga de donde señor??
Muchas gracias y espero vuestra ayuda, pues hoy tengo una deuda que no puedo asumir, y mi hermana otra... gracias de verdad