Estoy enterandome delo que pregunta ilyadac y de lo que responde Nuria M:G: y mi comentario es que toda vez que son apoderados deben de solicitar a la institucion bancaria en que terminos estba el contrato, ya que si la señora estba como beneficiaria le corresponde conforme a la Ley de Intituciones de credito el 75% por ciento y el restante para la sucesi{on, ahora bien con la reforma a la ley ahora le corresponde el 100% a el beneficiario. suerte
Es muy sencillo... Como apoderados de los herederos, soliciten los movimientos bancarios y en concreto, los documentos acreditativos de dicha extracción (si no hablamos de muchos años), y en base a ello y al testamento... actúen. El dinero deberá reintegrarlo a la masa hereditaria en la parte que no fuera ganancial.
Si van a pleito, con esos recibos, podrán hacer seguimiento de dónde se metió ese dinero.
Suerte, un saludo.
El tema es el siguiente. Fallece un señor que tenía 5 hijos. Habia una cuenta corriente qeu sospechosamente 3 días antes de su fallecimiento se saco todo eldinero dejándola a cero y los hijos sospechan que la seugnda mujer de su padre se lo lleó y abríó una cuenta a su nombre le con ese dinero.
Nosotros tenemos poder de dos de los hijos ( somos despacho).
¿ Existe alguna posibilidad de impugnar esa cuenta corriente? La cantidad de dinero que había era considerable y figuraba la cuenta een el testamento