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testamento

4 Comentarios
 
Testamento
24/11/2008 21:32
mi madre murio hace mucho tiempo sin dejar testamento siendo cootitular de un inmueble junto con mi padre.Mi padre vivió hasta ahora con otra mujer en regimen de compañera, ahora a fallecido dejando,creemos, testamento como heredera universal a ella.¿cual sería la legítima por parte de madre y padre?¿es obligatorio abrir el testamento ahora o cuanto tiempo disponemos para hacerlo?¿quien tiene el usufructo del piso?¿ en el caso de mi madre que tenemos que hacer?
perfil goz
24/11/2008 21:57
Aunque no se deje testamento,igualmente se ha de ir al notario para pedir las ultimas voluntades y hacer una declaración de herederos.En cuanto a su madre ustedes habrían de heredar un tercio de la herencia más el tercio de mejora y el usufructo para su padre.En cuanto a su padre ustedes heredan todo puesto que son los herederos legales y la compañera solo heredaria el tercio de libre disposición,solo eso.Lo demás es para ustedes.la legítima no se la puede quitar nadie.
25/11/2008 13:12
Son dos herencias independientes, aunque el Notario lo puede hacer en un único documento de adjudicación de herencia.
Lo primero que tienes que hacer es:
1.- Pedir certificado de defunción de tu madre y de tu padre. Se puede pedir por Internet, y son gratis. Creo que cada vez te pueden enviar tres de cada uno. Pide varios porque los vas a necesitar para diferentes sitios.
2.- Pedir certificado de últimas voluntades, tanto de tu madre como de tu padre. Es imprescindible. Pregunta en tu Comunidad donde los puedes pedir. Te van a costar 3€ cada uno. En este certificado te dicen si hay ó no testamento, y en caso de que haya ante que Notario se hizo. Lo necesitas, aunque diga que no hay testamento.
3.- Si hay testamento, tienes que ir al Notario que diga en el Certificado de Ultimas Voluntades, y acreditando ser hijo (si no, no te lo dan) te dará copia. Te va a costar 30,- €
(Si te estoy orientando en precios, no es porque no tenga otra cosa mejor que hacer, sino que te estoy diciendo cuanto te costará si lo haces tu mismo, en vez de encargarlo a una Gestoria, que por supuesto es mas cómodo)
4.- Como la copia de el/los testamentos te va a tardar varios dias, puedes ir al Registro de la Propiedad y pedir la Nota Simple de sus propiedades. (3,-€ cada una). Si vives en un pueblo, lo puedes pedir por correo contra reembolso, y en una semana lo tendrás.
5,- En cuanto a la herencia de tu madre (50% del piso) y puesto que tu padre ha fallecido, es decir, ya no hay usufructurario, os corresponde el 100% de ese medio piso.
En cuanto a la herencia de tu padre, depende de lo que diga el testamento, pero en cualquier caso, no puede ser menos de 2/3 de la parte de tu padre. Es decir, aunque haya dejado como dices, heredera universal a su compañera, solo le ha podido dejar la tercera parte de sus bienes, ya que las otras dos partes son obligatoriamente para los hijos.
Así que tendriais, en cuanto al piso, 50% por tu madre,y 2/3 del otro 50% de tu padre. En total son 5/6 , por lo que es facil llegar a un acuerdo con la compañera de tu padre y comprarle su parte del piso, que seria de un sexto, en el supuesto de que de verdad tu padre se lo haya dejado.

P.D. Eso de "abrir el testamento" no existe. Si te refieres a hacer el reparto, son 6 meses, que se puede ampliar al año, pero al 5º mes tienes que pedir la prorroga a la sección de tributos de tu Comunidad. Te la conceden sin mas, pero hay que pedirla, que no se te olvide.

un saludo.
25/11/2008 14:48
lo de abrir el testamento me refiero si podemos posponer pedir las ultimas voluntades de mi padre ya que todos estamos deacuerdo en que su compañera viva en el piso permamentemente y posteriormente cuando ella falte entonce poner todo el papeleo en marcha.
26/11/2008 21:24
Si no haceis nada, a los cuatro años prescribe, pero como hay un lio sobre los primeros seis meses, es mejor esperar a los 4 años y medio, ó 5.
Evidentemente, si os "pillan" tendreis multa y gorda.
A menos de que vivais en alguna Comunidad que tiene la exención del 99% como es el caso de Madrid, en cuyo caso no os compensa esperar, porque el Impuesto de Sucesiones practicamente no existe, fijate que si tuvierais que pagar.. 10.000,-€ en realidad con la bonificación, pagareis 100,-€

Mi consejo es que todo esto, cuanto antes mejor, porque pueden cambiar las condiciones y salir carisimo.

Un saludo.