Si renuncias a la herencia, acrece a los demás coherederos con el mismo grado de parentesco, en este caso a todos tus tíos a partes iguales. No se puede renunciar en favor de una persona determinada.
muchas gracias,la verdad q todo es complicado,han cambiado de tutora,no tenemos relacion,cuando se va a ver al abuelo siempre estan presentes, no avisan si le ingresan en el hospital,ingresos de mi abuelo en otra cuenta etc... muchas cosas q hacen sospechar sobre sus intenciones,ademas una hermana va a pedir su parte,yo como representante de mi padre no tengo informacion alguna,¿se puede renunciar a la parte de mi padre a favor de alguno de lo herederos o tiene q ser a todos? muchas gracias por responder
Tu abuelo podrá cambiar el tutor, pero solo para los bienes de él, no para los de su mujer.
Ten en cuenta de que estás hablando de dos testamentarias, totalmente separadas.
En primer lugar, fallece tu abuela, dejando las disposiciones que haya querido dejar, y que nadie puede cambiar. Dice que nombra herederos a sus 6 hijos, y usufructuario a su marido, y cuando fallezca su marido el usufructuario serà el hijo discapacitado. Respecto a los bienes de tu abuela, esto es así, y aunque hagais 6 partes, para tenerlo adjudicado para el dia de mañana, hasta que no fallezca el discapacitado no se podrá tocar nada, ya que es el usufructuario. Probablemente, por este motivo los otros 5 hermanos no han hecho nada, porque aunque dividan, será solo por escrito, y en la practica no van a poder tomar posesión. Tambien es cierto que, respecto a los bienes de tu abuela os teneis que poner de acuerdo con el tutor del discapacitado.
En cuanto a los bienes de tu abuelo, él puede hacer lo que estime oportuno, pero no puede variar lo dispuesto por su mujer.
quisiera saber al morir mi abuela con testamento hace 7 años¿porq no se ha abierto el testamento?yo se q le dejaba todo a mi abuelo y luego a 6 hermanos uno de ellos discapacitado le dejaba el usufructo y a los otros a repartir a partes iguales.tambien penalizaba si algun heredero pedia su parte,y nombraba tutor y albacea para el discapacitado.mi pregunta es no se puede hacer la declaracon de herederos sin pedir la parte ,pero q todo este mas claro,mi abuelo en vida puede cambiar a ese tutor y albacea,la palabra de mi abuela no vale nada.gracias