No se donde vivis, pero en la mayoría de los sitios (no se si hay alguna legislación foral que no sea así) existe una legítima a favor de los ascendientes (si no hay hijos), por lo que salvo que existan otros bienes en la hrencia de donde cobrar esa legítima, los padres tendrán derecho a parte del piso.
Mi duda es la siguiente:
yo me caso y compro a medias con mi pareja un piso de 20 millones, no tenemos hijos y hacemos un testamento que la mitad del piso en caso de muerte de unos de los dos pase al que queda vivo se los dejamos asi en el testamento ante notario.
Cuando uno de los fallezca el otro se queda con el piso? los padres de fallecido pueden reclamar?