Hola. En un testamento se prelega una vivienda a un hermano A con depresiones frecuentes. Para evitar que pueda malvender o mal alquilar el piso, se nombran administradores a los otros dos hermanos, B y C, "conjunta y sucesivamente".
Alguien sabe que significa exactamente "conjunta y sucesivamente"?
Significa que se hace un llamamiento a ambos para aceptar o rechazar ese cargo de administrador, y ese llamamiento es sucesivo, primero B y en defecto de B, se llama a C.
Gracias, Innobo.
Pero si los dos aceptan... qué significado pasa a tener lo de "conjunta sucesivamente" de cara a las decisiones que se hayan de tomar de aquí en adelante?