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Testamento

8 Comentarios
 
Testamento
16/04/2013 09:50
hola,quisiera que me resolvieran un par de dudas acerca de un testamento:
mis abuelos testaron uno sobre el otro,al morir mi abuelo,mi abuela quiso hacer un nuevo testamento sin que nadie exepto yo lo supiera,el otro testamento sigue siendo valido o solo este ultimo?,hay que llevar este nuevo al registro de la propiedad o solo con la firma del notario me es valido?,tambien hay unas clausulas que no entiendo como estas:
-lega la legitima estricta o mas corta que por ley le corresponden a sus hijos.
-sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente,instituye heredero de todos sus bienes,acciones y derechos a su nieto.

mi abuela solo tiene una casa,esto que quiere decir exactamente?

la cosa es que cuando mi abuela fallezca,y se saque el nuevo testamento,el viejo no sirve de nada?,muchas gracias por vuestro tiempo y respuestas.
16/04/2013 14:17
En general, el que vale es el último testamento, sin perjuicio de que por algún motivo (por hacer una mención a algún aspecto concreto) no se exprese así.

Los testamentos no tienen acceso al Registro de la Propiedad: simplemente, se acompañan a la escritura que se otorga adjudicando los bienes. Es esta escritura la que se inscribe.

En cuanto al reparto, y aun cuando aún no se den las circunstancias al no haber fallecido su abuela, el reparto se efectúa considerando los valores de los bienes.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
16/04/2013 16:37
y eso que quiere decir?,me refiero al reparto,que el nieto tiene la misma parte que los hijos?
16/04/2013 19:37
De qué parte de España hablamos?

Qué régimen matrimonial había?
16/04/2013 22:37
hablamos de canarias,el regimen matrimonial eran bienes comunes o gananciales,no se como se dice.gracias.
17/04/2013 10:52
1.- El último testamento es el que vale, salvo que en el anterior (que parece ser mancomunado, aunque creo que en Canarias no es posible) se haya indicado otra cosa.
2.- A los hijos de tu abuela les corresponden 2/3 del caudal hereditario. Los porcentajes a repartir de esos 2/3, dependen del nº de hijos, y en lo que te atañe, depende también de si tu padre o madre (hijo de tu abuela) viven o no.
3.- Al Nieto le corresponde 1/3 del caudal hereditario, más la proporción de la legítima, en su caso.
17/04/2013 11:18
Difiero:

-Por supuesto, el testamento que vale es el último.

-Canarias se rige por el derecho Común, por lo que no puede ser un testamento mancomunado. En todo caso será uno con Cautela Soccini.


-Al nieto se le puede dejar 2/3 del total, el de libre disposición y el de mejora. Si el padre del nieto e hijo del testador vive, recibirá 1/3 dividido entre tantos hijos tenga el testador, si no vive, esa parte también iría al nieto.

-Ojo, sólo de la parte de tu abuela. La mitad de tu abuelo iría a parte iguales para todos los hijos (salvo que el testamento lo reparta de alguna manera, que va a ser que habiendo Cautela Soccini va a ser que no), y el nieto no tendría derecho a nada de ahí.
17/04/2013 12:28
en el testamento pone esto:
-lega la legitima estricta o mas corta que por ley le corresponden a sus hijos.
-sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente,instituye heredero de todos sus bienes,acciones y derechos a su nieto.

eso quiere decir que 2/3 son para el nieto y 1/3 es entre los hijos?
17/04/2013 12:38
Si. Pero como te han dicho, solo en la mitad de tu abuela.
En la parte de tu abuelo, depende de lo que decía su testamento. A menos de que los hijos hayan ido a un Notario, renunciando a sus derechos a favor de su madre. Si no ha sido así, la parte del abuelo (como mínimo 2/3) es de los hijos.