Efectivamente, a esto último me refería cuando preguntaba sobre la existencia o no de más bienes; pues dependiendo de ello habrá que ver de qué manera se otorga el testamento para hacer el reparto conforme a ley (suponiendo, además, que hablamos de zonas de España en la que se aplica el derecho común).
Por Ley, a su hija le corresponden 2/3, en concepto de legítima, y podría en testamento, disponer en favor de su cónyuge, del 1/3 restante. Además, a su cónyuge, por Ley le corresponde 1/3, en usufructo. El problema que se plantea es que si su herencia no está integrada por más bienes que la casa de la que nos habla, para recibir cada una su parte, tendrán que vender, o adjudicársela su hija y y pagar a su actual esposa, lo que corresponda de la capitalización del usufructo, más el 1/3 en propiedad, en su caso. Un saludo.
No veo problemas ni de bienes ni de fórmulas.... se hace un nuevo testamento, 42 eurillos más o menos, con las nuevas disposiciones, y punto. El testamento nuevo anularía al anterior en este caso.....
acuda a una notaria y haga un nuevo testamento, no creo que exista problema para hacer lo que vd. pretende, ya que existen varias formulas para ello. salvo mejor opinion