Hola
Me gustaría que me sacaran de dudas sobre como se aplica ese tercio de libre disposición indicado en testamento, si existe una cuenta bancaria y dos inmuebles y se dice que queremos que el reparto sea para uno de ellos con el 25% mas sobre el otro heredero, este tanto por ciento se puede calcular sobre uno de los dos conceptos, o bien se calcula sobre el total de la masa hereditaria.
Gracias
Los porcentajes son sobre la masa hereditaria EN TOTAL, no bien a bien, si el testamento no menciona qué bienes hay que asignar a cada heredero. Tendrán que ponerse de acuerdo entre los herederos y hacer los lotes de bienes que quiera asignarse cada uno de forma que en valor cada uno herede la cuota que le corresponde.
Si hay acuerdo entre los herederos en que uno se asigne más o menos de lo que le corresponde por testamento (no me cuadra eso del 25%) se puede jugar un poco con las valoraciones de los inmuebles para cuadrar las cuotas, pero si al final los lotes no encajan con el porcentaje que le corresponda a cada uno (lo que se llama un exceso de adjudicación), el acuerdo será válido pero hacienda considerará que hay una donación, por la que habrá que tributar.