Muchísimas gracias, Tripoli, por tu respuesta. Estamos hablando del País Vasco, en concreto de Gipuzkoa.
Haremos una consulta para confirmar si esta comunidad tiene un derecho propio diferente al indicado (no sé si alguien lo sabe y nos lo podría especificar). Gracias por la aclaración también, el otro documento tendrá que ser privado, efectivamente.
Un saludo,
En Derecho Común, al hijo B se le puede dejar (en testamento) la legítima estricta, es decir la mitad (hay dos hermanos) de un tercio del total, y al hijo A 1/2 de 1/3 del total 1/3 del total (mejoras) 1/3 del total (libre disposición).
Hay CCAA que tienen un derecho propio, que sería diferente al indicado.
Ante Notario sólo pueden redactarse documentos públicos.
Sr. mayor con dos hijos, uno de ellos con una incapacidad importante ingresado en un centro desde hace muchísimo tiempo. Quiere hacer testamento, pero no quiere hacer el reparto a partes iguales debido al miedo de que si el hijo con la incapacidad recibe el 50% de la herencia el día de mañana, el Estado (el que gestiona el centro en el que vive) se quede con esos bienes. Quiere beneficiar al máximo al hijo "A" y dejar lo mínimo al hijo "B". Después, ante notario, se hará un documento privado especificando el que el hijo A se compromete a guardar la parte que debería de haber sido para su hermana y atenderle con ese dinero el día de mañana en caso de que haga falta, no se le quiere dejar sin nada, simplemente evitar que el Estado se lleve los ahorros de toda una vida de la familia. ¿Cómo se podría hacer? ¿Dejar la legítima solamente al hijo "B" y el resto al hijo "A"? ¿Hay alguna manera incluso de que el hijo B reciba algo menos que la legítima que sea legal? ¿Quizás mediante usufructos? Agradeceríamos vuestros consejos. Gracias.