El testamento no queda anulado en ningun caso, porque estamos ante un supuesto de preterición intencional(tu padre omite a tu hermanastro voluntariamente, porque no quiere dejarle nada) entonces la preterición no anula el testamento, pero tu hermanastro tiene derecho a su legítima. por tanto os corresponden a ti, a tu madre y hermana lo dejado en herncia por vuestro padre, pero de ahí debe rescatarse la legítima de tu hermanastro y que tiene el valor de 1/4 de la herencia. Tu hermanastro tine derecho a 1/4 de lo dejado por tu padre. el que la titularidad dominical sea compartida por tus padres da igual, pues lo que importa no es la titularidad sino el carácter del bien, es decir, si es es privativo o ganancial. Todas las cuentas aunque esten a nombre de us padres corresponden a mabos por mitad, por tanto, tu hermanastro tuiene derecho al 1/4 del total de la herencia y ha de satisfacerse con la mitadde esos bienes, haqsta que cubra el importe adeudado.
Buenos dias,
Mi padre falleció hace 15 dias, estaba casado con mi madre en régimen de separación de bienes,(en Cataluña) y del cual nacimos mi hermana y yo, pero anteriormente a este matrimonio, mi padre estuvo casado con otra mujer con la que tuvo un hijo varón. Tanto mi madre como mi padre, tienen hecho testamento y ambos se lo dejan de uno a otro y cuando fallezca mi madre a mi hermana de padre y madre y a mi. En el testamento de mi padre no se nombra en ningún momento a mi hermano de padre, (ni que decir tiene que en el de mi madre tampoco). Los bienes dejados son cinco ctas. bancarias con dinero a plazo fijo y otro que no y cuyos titulares son mi padre y mi madre, la primera vivienda de ambos está escriturada exclusivamente a nombre de mi madre y todos los recibos generados de ésta también van a nombre de ella, y por último un coche a nombre de mi padre, (no existen más bienes que esos.
¿Cómo queda repartida la herencia?, ¿la legítima de mi hermano de padre es sobre el dinero y el coche?, ¿puede reclamar mi hermano de padre algo de la casa por haberse construido también con capital de nuestro padre?. ¿Tiene que estar presente mi hermano de padre en el notario para la adjudicación de la legítima aunque no figure en el testamento? Y lo que más me preocupa, ¿al no figurar mi hermano en el testamento de mi padre, queda anulado dicho testamento?
Agradecida de antemano.