Entonces, tienen que aceptar y repartir la herencia, y poner el piso a nombre de los herederos nudos propietarios, y tambien registrar el usufructo en el Registro a nombre de la heredera usufructuaria. Como una herencia normal.
A mi también me lo han comentado asi, y no lo entiendo del todo bien. Las conclusiones que saco son, que con "testamento vitalicio" se refiere a que el piso ha sido heredado por una de las hermanas en usufructo hasta el día de su muerte.
Por eso, ella quiere saber si es necesario hacer escritura del piso a nombre de todos los hermanos o no. Ya que el piso sigue a nombre del padre, recientemente fallecido.
No acabo de entender muy bien su situación,¿ en el testamento del padre, solo dejó dicho que le dejaba el usufructo del piso a la hija? ¿a que se refiere con lo de testamento vitalicio?
Quería consultaros una duda que tengo. Os pongo en antecedentes: Una familia de varios hermanos (todos mayores de edad), muere el padre (dueño del piso familiar), y el piso queda en usufructo a una de las hijas (por testamento vitalicio). Mi pregunta es la siguiente: Es necesario realizar escritura a nombre de todos los hermanos (por si en el futuro le ocurriera algo a la heredera), o al ser una de las herederas vitalicia no es necesario?.