Son varios los temas que Vd. está planteando. Vamos a intentar contestarle a todos.
En primer lugar, dice Vd. que están casados en regimen de gananciales. Esto significa que las "ganancias" que obtengan tanto Vd. como su marido, durante el tiempo de su matrimonio, son de los dos, vengan de donde vengan.
Primera consulta que es la empresa de su marido. Como dicha empresa es anterior al matrimonio, es "privativa" de su marido. Y por lo tanto, el dia que él falte, los herederos son sus hijos y Vd. Ahora bien, las "ganancias" que esa empresa ha tenido durante todo el tiempo del matrimonio, son de los dos, de Vd. y de su marido (aunque consten a nombre de la empresa). Es decir, si dichas ganancias se han invertido en inmuebles (intuyo que locales), son de los dos.
Segunda pregunta: "que sus hijos no me saquen de los pisos",y "sus hijos de primer matrimonio me pongan a vender los pisos para que les de su parte".
En una herencia se reparte el total, no unidad a unidad. Por lo que si Vds. tienen varios pisos comprados con los rendimientos obtenidos durante el matrimonio, el 50% de esos pisos son de Vd. No la mitad de cada piso, sino que deberán valorar el total de los bienes, y el 50% es propiedad de Vd. Esto se puede materializar en "x" pisos enteros, y el resto, que supone el otro 50% si sería la herencia, que se adjudicara entre los hijos y Vd.
Tercera pregunta: "y tambien que se lleven toda la empresa de mi marido donde yo tambien durante 13 años de matrimonio he participado con esfuerzo de animo, cuidados y preocupaciones para mi marido y su negocio".
En este tema, tiene que saber que la empresa, al ser un bien privativo de su marido, será en dos terceras partes para su hijos. Vd. tiene derecho a la mitad de los rendimientos obtenidos, como ya le hemos comentado y que se ha materializado en los inmuebles, según Vd. misma dice, pero la empresa es privativa. Lo único a lo que si tendría derecho es que, si se ha invertido en la empresa durante estos 13 años, es decir, parte de los beneficios se han destinado a mejorar la misma (maquinaria nueva, ampliación de instalaciones.... ) como ya le hemos comentado, tendría derecho al 50% de dicha inversión.
Pues eso que te han dicho no es cierto. El testamento de uno para el otro es válido sin perjuicio del derecho a la legítima de los hijos.
Sea cual sea el reparto de la herencia, siempre tendrás prioridad para quedarte en el domicilio familiar.
B. Dias.
Mi nombre es Marta. Estoy *casada en regimen de bienes gananciales y no tenemos hijos.*
Tenemos dos pisos en comun y mi marido tiene *una empresa desde antes de nuestro matrimonio.* Llevamos 13 años casados y durante estos años su empresa ha crecido en bienes inmuebles.
Mi marido tiene tres hijos del primer matrimonio.
Hemos hecho al principio de nuestro matrimonio testamentos "uno para el otro", en el caso que mi marido fallezca, que sus hijos no me saquen de los pisos pidiendo la mitad de su padre y no se lleven toda la empresa y me dejen abandonada.
Actualmente nos enteramos que estos testamentos "uno para el otro" no valen cuando hay hijos de otro matrimonio.
Por favor, digame que se puede hacer para que yo este cubierta y no me pase algo malo, en caso de la muerte de mi marido sus hijos de primer matrimonio me pongan a vender los pisos para que les de su parte y tambien que se lleven toda la empresa de mi marido donde yo tambien durante 13 años de matrimonio he participado con esfurzo de animo, cuidados y preocupaciones para mi marido y su negocio?
Por donde empezar para resolver esta situación grave?
Gracias de antemano por su disposición.