Mi duda es la siguiente: Testamento UNO PARA EL OTRO, (.,.y para los hijos también). Mis padres lo tienen hecho así y mi duda es esta: Si falleciese mi padre, mi madre hereda y mi hermano y yo también, pero....si por la razón que fuese yo quisiese renunciar a la herencia (o aceptarla a beneficio de inventario), ¿cuando tendría que hacerlo, nada más fallecer mi padre o tendría que esperar a que mi madre falleciese para hacerlo? Es que no sé si al fallecer mi padre, mi madre al heredar, nosotros tenemos que acudir a la lectura de testamento y firmar aceptación/renuncia en ese momento, o al firmar mi madre, se dá por hecho tácitamente que nosotros también aceptamos. O habría que esperar a que falleciese mi madre también para aceptar/renunciar al mismo. Espero su respuesta. Gracias. Un saludo
Entonces,...¿podría aceptar/renunciar a cada uno independientemente o si acepto/renuncio es a todo?Lo digo porque aunque sean diferentes, por ejemplo mi padre tiene a medias una propiedad con mi madre, pero mi madre en el suyo tiene una propiedad exclusiva suya.. Gracias.
Como te ha dicho Lucky son dos herencias diferentes (cada una con sus bienes también diferentes, sean en copropiedad, gananciales, privativos, etc), debiendo aceptar o renunciar a cada una de ellas.