Mi tio hizo un testamento en el que dejaba como heredero a su unico hijo, de 40 años. en ese testamento nombraba tutor de su hijo a un vecino puesto que su hijo tenía una deficiencia mental profunda desde pequeño, pero nunca fue declarado incapaz. también nombró a este vecino como sustituto ejemplar del hijo. la casualidad hizo que falleciera antes el hijo que el padre y el vecino quiere hacerse con todos los bienes. ¿que podemos hacer el resto de la familia?. Gracias
Pues debéis saber que ese vecino no tiene capacidad legal ni posibilidad práctica alguna de hacerse con los bienes de tu tío, ya que él sólo hubiera llegado a ser administrador de los bienes, si la designación de TUTOR hubiera tenido eficacia ( y no la ha tenido, ya que el chico falleció antes que el padre). Por eso, el vecino queda totalmente fuera en la herencia de tu tío. Ahora, los familiares que quedéis deberéis hacer una Declaración de Herederos ante notario, comprobando si hubo testamento posterior a ese; si no lo hubo, rige el Código Civil para el reparto de la herencia entre familiares.
Las herencias son complejas, así que mejor que acudáis a un abogado que os oriente. Hay que liquidar el Impuesto de Sucesiones en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento; para la herencia no tenéis plazo, pero es conveniente que os informéis bien de lo que rige en vuestro caso, ya que algunas CCAA tienen su propio Derecho de Sucesiones, en lugar del Código Civil.
Saludos.
Solamente una precisión: si los herederos que quedais sois sólo colaterales, la declaración de herederos ha de ser judicial, según art. 980 de la LEC 1881; con los correspondientes documentos más dos testigos.
Debeis ir a un abogado para que os inicie ese Procedimiento judicial. Saludos.
muchas gracias SE6 y caren. el problema, según me han comentado es que no podemos pedir la declaración de herederos judicialmente porque existe testamento y, corregidme si me equivoco pero cuando hay testamento el juzgado no admite la declaracion de herederos.
Hola de nuevo:
Es que en ese sentido lo que se tendría entonces que hacer es impugnar ese testamento para que el Juez lo anule, de todas formas y como dice SE6 hay que averiguar primero si ha habido posteriormente otro testamento en el Registro Central de Últimas Voluntades en Madrid, pedidlo aportando certificado de defunción, y después actuad conforme a lo que veáis . Saludos
Sólo quiero añadir que es en la Gerencia de Justicia de vuestra provincia donde debéis solicitar el Certificado de últimas voluntades, para que ellos soliciten la información al Registro Central a que se refiere caren. Si existe un testamento, será en la Notaría en que se otorgó donde os lo podrán facilitar, indicando para su localización el número de Protocolo.
Pero entiendo que no hace falta anular el testamento en que se hacía designación de tutor....
Salvo mejor criterio. Saludos.