Lo que la ley permite es establecer el usufructo universal de todos los bienes, o el tercio de libre disposición y el usufructo del tercio de mejora.
Aún estando ya disfrutando de los bienes del difunto, es posible cambiar de parecer y optar por el tercio libre en pleno dominio además del usufructo del de mejora. Y si algún legitimario reclama la legítima sin gravamen se le hará efectiva, pero puede recibir sólo y exclusivamente la estricta, acaeciendo la mejora a los colegitimarios conformes con el testamento.
laurita, no puede establecer que todo el dinero depositado en los bancos, es el tercio de libre disposición, sin inventariar todos los bienes; el dinero puede ser superior a un tercio de todos los bienes.
buenos días he otorgado testamento ante notario declarando a mi mujer usufructuaria universal de todos mis bienes. Necesito saber si esto es compatible con la inclusión de una clausula en la que le deje el tercio de libre disposicion especificando que este consista en todo el dinero depositado en el banco pero sin realizar inventario del resto de bienes. Muchas gracias por vuestra ayuda y saludos