Muy buenas a todos/as.
No entiendo segun lo escrito, si tengo el 100% del Usufructo Vitalicio de la vivienda cuando muera mi madre.
O por el contrario, mi madre tiene la posibilidad de modificar en vida su parte actual del Usufructo de la vivienda legando su parte a sus nietas o a mi hermano.
Puede realmente hacer eso?
TESTAMENTO:
SEGUNDA: Lega a su nombrada esposa en Usufructo Vitalicio, el tercio de su herencia, llamado de libre disposición, ademas de su legítima vidual usufructuaria, rogando a sus dos nombrados hijos le dejen.usufructuar toda la herencia, reduciendo a la legitima estricta al que no se conforme con este ruego..
TERCERA: Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, lega y en su caso mejora a su hijo ACM....(yo).......,con el derecho del Usufructo Vitalicio de la vivienda ..calle x...planta x...poblacion x.
CUARTA: En el remanente de todos sus demás bienes, derechos y acciones, presentes y futuros, instituye herederos por partes iguales a sus dos nombrados hijos ...ACM y JCM.., y en sustitución vulgar de cada uno, en los casos de premoriencia o incapacidad a sus respectivos descendientes, y en.su defecto en su derecho de acrecer entre ellos.
ESO ES TODO.
Espero desesperadamente una respuesta que me saque de dudas.
Tienes un foro especifico de sucesiones, donde deberias plantear esta pregunta.
En cualquier a caso, que sepas que el testamento se puede modificar, en vida, cuantas veces se quiera. Unicamente hay que respetar las legitimas (si las hubiere. Es que yo, de derechos forales, por ejemplo, no se nada...)
El usufructo en favor de su madre es viudal e intransferible, y terminará cuando concluya su propia vida. La situación es la siguiente: su padre, suponemos el causante, respeta las reglas generales de atribución del usufructo, que consisten en darle a los hijos el 66% de la herencia que les corresponde como legítima, gravando la mitad de esa porción con un usufructo en favor de su madre. Además, su padre le da la propiedad del 33% de toda la herencia. Ahora bien: si ustedes, los herederos, aceptan que su madre tenga el usufructo del 100%, a cambio les da el 100% de la propiedad de todo (y no el 66%). Con ello, cuando muera su madre tendrán la propiedad y la posesión de todo. En cuanto a usted, hay una mejora testamentaria en relación al inmueble mencionado. La mejora no toca proporciones de propiedad, que sigue siendo para todos igual, sino el usufructo sobre aquél. En conclusión, si aceptan la oferta del testamento, todos serán propietarios de toda la herencia, con su madre como usufructuaria de todo, excepto del inmueble del que usted es usufructuario.
Gracias Grisolia por contestar pero sigo teniendo la duda de si mi madre puede modificar el testamento.
Segun Sarapiki, mas arriba, dice que se puede modificar.
Yo entiendo que ahora mismo mi.madre tiene un porcentaje del Usufructo de la vivienda el cual puede legar a sus nietas.
Entiendo que mi padre hizo una mejora dandome el Usufructo vitalicio de la vivienda. PERO, aun asi mi madre puede modificar ese 100% que mi padre me da legando su parte que tiene ahora mismo en.vida para sus nietas.
Es decir, yo tengo el 100% del Usufructo de la vivienda pero de la parte de mi padre.
La parte de mi madre la puede legar ella a quien quiera. Me equivoco?
(Dejando a mi hermano y a mi en conflicto con el usufructo de la vivienda)
Lo puede modificar perfectamente y además no tiene obligación de informarte de lo que haga, es su derecho
Lo que no te puede quitar es la legítima, pero el usufructo si
A ver, yo me referia a que tu madre, que al parecer aun no ha fallecido, con su parte de bienes en propiedad, puede hacer testamento las veces que quiera, y modificarlo tambien.
Lo que te haya legado tu padre de sus propios bienes, si ya fallecio tu padre, eso no lo puede modificar nadie.
Pongo un ejemplo (que no se si es tu caso) tu padre y tu madre son propietarios de una vivienda, cada uno el 50%. Fallece tu padre y lega la propiedad de ese 50% a su dos hijos, pero el usufructo (de ese 50%) te lo deja a ti. Eso ya no se podra modificar nunca.
Tu madre, propietaria del otro 50% de la vivienda, hace testamento ahora dejandote a ti el usufructo. Pero dentro de dos años, cambia el testamento y se lo deja a tu hermano. Y al año siguiente, lo vuelve a cambiar y se lo deja a las hermanitas de la caridad....
A eso me referia yo, que ella su testamento lo puede cambiar en vida cuantas veces quiera
Lo sé, y creo que es asi y No como llevan explicandome tanto aqui, como tres abogadas en la población donde vivo con tres versiones diferentes, mas otra version diferente de Legalitas.
Está claro que partiendo de Bienes gananciales, lo que mi padre lega a mi favor es el Usufructo Vitalicio conjunto y Sucesivo de la vivienda, cosa que no se ha mencionado aqui ni en ninguna otra consulta.
Pero heredo el 50% del Usufructo de la Vivienda, heredo la parte de mi padre.
Mi madre, como también es dueña al 50% , puede legar a quien quiera su parte de Usufructo de la vivienda y propiedad, (el 50% ).
No se como se atreven, abogadas/os con estudios y experiencia a decirme que yo tengo el 100% del Usufructo Vitalicio.
Claro, tengo el 100% del 50% que mi padre me ha otorgado.
El otro 50% lo tiene mi madre, el cual pasará a mi hermano o sus nietas, creando conflicto entre hermanos tal y como lleva haciendo desde que nacimos.
Hay gente que se lamenta por no haber tenido madre.
A veces es mejor no haberla tenido nunca.
Se equivoca, Angelito. El suyo no es un usufructo sucesivo. La razón por la que le dan versiones distintas es porque, sencillamente, su pregunta sobre si se puede modificar un testamento ajeno es una tontería.
Modificar un Testamento ajeno no, me refiero a si mi madre puede legar su porcentaje del Usufructo Vitalicio de la vivienda a mi hermano o nietas, dejando el Usufructo Vitalicio de la vivienda compartido.
Mire si usted es abogado y está en activo le contrato para que lleve mis temas de la herencia.
Si usted no lo es y conoce a un abogado que interprete lo mismo que usted hagamelo saber por email :
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Ayer hable por teléfono con un abogado experto en Herencias, y me dijo que el Usufructo vitalicio de la vivienda es conjunto y sucesivo.
Que ahora es de mi madre y cuando ella muera mio. Pero también es verdad que al final de la conversación despues de 35minutos se contradijo diciendo que mi madre puede hacer testamento y legar parte del Usufructo Vitalicio de la vivienda a mi hermano o nietas.
Ya son 5 interpretaciones de profesionales las que tengo y visto que la defensa de mi patrimonio depende de la interpretación que se le de, quisiera contratar al abogado/a que le de la interpretación que mas me favorezca.
Mi padre me dejo su parte de usufructo de la vivienda, el 100 por cien de su parte
Si mi madre le da el 100 por cien de su parte a mi hermano, entonces nos quedaremos al 50 por ciento en propiedad y en usufructo de
la vivienda entre mi hermano y yo.
De que sirvio entonces que mi padre hiciera esa mejora para mi?