Habiendo tres hijos, la legitima estricta, que es lo que hay que respetar, es 1/9 por hijo (1/3 del total a repartir entre el número de hijos). El segundo tercio que se denomina "mejora" lo puede dejar por entero a un hijo ó....a un nieto. Y el tercio que falta es el de libre disposición, que para quien libremente decida.
En este caso, la hija enferma si ha recibido herencia, que es el usufructo del piso. Habrá que valorar dicho usufructo. Se calcula restando a 90 la edad de la hija, y la cifra que resulte es equivalente al valor de porcentaje del piso. (ej. hija de 50 años: 90-50=40. Así pues se calcula el 40% del valor del piso, y eso es lo que vale el usufructo del 100% de dicho piso, siendo esa hija en concreto la usufructuaria). Si comparais lo que os resulte con el total del valor de la herencia, y el resultado es igual ó mayor a 1/9 .. la legitima está cubierta.
Si estamos en territorio de derecho común, la abuela sólo debe respetar las legítimas. Es decir, calculemos la cuantía de todo el caudal hereditario; 2/3 partes son para los 3 hijos, es decir 1/3 de 2/3 para cada uno; si lo designado para cada uno alcanza ese porcentaje, el testamento es correcto; si no lo alcanza, la diferencia se les deberá entregar con cargo al total de la herencia.
Testamento de abuela ; concurrencia hijos y nietos
La abuela que tiene tres hijos ha hecho testamento y ha decidido repartir así sus bienes: dos fincas (una urbanizable y otra rustica) para sus dos hijos y un piso lo ha dejado en ususfructo para su hija (enferma e incapacitada legalmente), cediendo tanto la propiedad del mismo como un dinero en el banco (15000€) a una nieta.
Ha dejado estipulado en testamento que quien impugne el mismo sólo recibirá la legítima.
Mi pregunta es la siguiente, la hija enferma no esta realmente heredando nada, adquiere el usufructo de un piso mientras viva, ¿puede considerarse ese usufructo legitima o debería heredar la legitima aparte?, porque tanto ella, como sus herederos legales resultan claramente perjudicados. Y por otro lado, ¿puede la abuela destinar un piso y el dinero a un nieto teniendo herederos directos en linea sucesoria?.
El valor del piso es superior al de las dos fincas.
A la espera de sus comentarios, reciban un cordial saludo.