Buenos días:
Os plantéo la siguiente duda a ver si me puedéis ayudar.
Matrimonio casado en régimen de gananciales, sin hijos pero ambos tienen padres.
En el testamento que han otorgado dicen que legan a los padres lo que por legítima les corresponda e instituyen único heredero universal al cónyuge viudo.
1. ¿es éste el mejor testamento posible para los intereses del cónyuge viudo (para que quede lo más protegido posible), al no haber hijos pero si ascendientes (padres)?.
2. Con este testamento ¿qué le correspondería exactamente al viudo/a?.
3. ¿El ser heredero universal significa ser propietario de la herencia y podría hacer lo que el dispusiera sin contar con los padres?
4. Si fallece uno de los cónyuges, se supone que los padres del mismo tendrían la legítima. ¿Esto supone 1/3 de la herencia?.
5. En esa herencia entraría la vivienda de los cónyuges ¿tendría que vender el cónyuge la vivienda para pagarles su parte a los padres si no tuviera dinero para ello o cómo se actúa en estos casos?. ¿O al ser heredero universal también tendría derecho al uso y disfrute (usufructo) y no estaría obligado ni a vender ni a pagarles el tercio de la vivienda en un principio?
Gracias anticipadas por vuestra ayuda
Todo depende de la parte de España de la que estemos hablando.
Todo lo demás, irá en función de eso. Y para darte una respuesta más exacta sobre lo demás, dependerá también de los bienes con que se cuenten, y de lo que tú entiendas como "proteger" al viudo.
Cuando digo "proteger" al viudo me estoy refiriendo a que a éste le quede lo máximo posible y a los padres únicamente la parte que por ley no se les puede quitar.
¿Esta parte (la legítima), es 1/3 de la herencia y el viudo tiene que dársela a los padres de manera inmediata o al ser heredero universal tiene tambien el usufructo de la herencia completa?.
Por eso pregunto que significa exactamente lo de ser "heredero universal". Supongo que menos el tercio de legítima para los padres, el resto será en propiedad para el viudo, pero al ser heredero universal¿ tambien tendrá el usufructo del tercio de la legítima o se lo tendría que pagar inmediatamente a los padres una vez calculado?
Los bienes serían en principio la vivienda donde residen, porque ahorros no tienen demasiados.
Gracias de nuevo
La legítima ha de ser siempre sin cargas, por lo que en caso de dárselo se excluye el usufructo del tercio de legítima.
Por otro lado, no habría que darle nada, en principio. Simplemente los padres pasarían a ser co-dueños en proindiviso de 1/3 de la vivienda, si no hay nada más.
Ahora bien, ser dueño en proindiviso es un coñazo. La otra parte puede pedir la partición de la cosa común siempre que quiera, y ahí ya si no se le compra su parte o se le vende la otra, pueden pedir que se venda la casa y repartir el dinero según porcentaje, o llegar a la subasta con todo lo que ello supone....
Si a parte de los padres, hubieran sobrinos por ambas partes, esta no sería la mejor forma de dejar testamento, ya que los descendientes del que fallesca en primer lugar, no van nunca a ver nada de herencia y en cambio si, los descendiente del que quede vivo.
Entiendo que cuando dices que son co-dueños en proindiviso de 1/3 de la vivienda te refieres a 1/3 de la herencia de la vivienda (porque el 50% restante son gananciales que no tienen nada que ver), ¿es así?
Mi pregunta sigue siendo la siguiente: ¿lo mejor para que reciba la mayor cantidad es dejar al viudo/a como heredero universal, al margen del tema de los sobrinos?.
Y, según me comentas, llegado el caso lo mejor sería tasar la vivienda para determinar cuanto es el tercio de los padres y liquidárselo y así poder tener la vivienda a nombre del viudo/a?
El problema vendría dado si el cónyuge viudo no tiene liquidez para dar a los suegros la cantidad correspondiente al tercio ¿en este caso que ocurre?.
Gracias
Si hay gananciales, el 50% es de la mujer y otro 50% del marido.
De ese 50%, serían los padres los que heredarían 1/3 parte, o sea, 1/6 del total de la casa. Pasarían a ser co-propietarios en proindiviso.
Luego se puede hacer lo que se quiera. Si hay acuerdo, los padres del fallecido no se meterán. Si no lo hay, lo mejor sería darle el dinero correspondiente al valor de ese 1/3.
Si no tiene liquidez pero los padres quieren a toda costa su parte, o se pide un prestamo para pagarles, o se vende la casa, o se llega a la división de la cosa común como te he explicado antes.
De la frma que te he dicho se deja lo se le deja la mayor cantidad posible.
Otra fórmula podría ser dejar la propiedad de su mitad a los padres, y el usufructo al viudo, pero esto puede generar más problemas.
Entonces, con esto quieres decir que la mejor forma de hacer testamento es como lo han hecho (es decir,¿la legítima a los padres y heredero universal el cónyuge viudo?). Es que esto no me ha quedado del todo claro.
Gracias de nuevo