supongamos que el piso es de los dos, ganancial
aunque hagan testamento, siguen siendo propietarios de sus bienes, mientras vivan, y como propietarios pueden vender
si, como he supuesto, el piso es ganancial, el cónyuge sobreviviente seguirá siendo propietario del 50% del piso, y podrá disfrutar del usufructo del otro 50%, pero la nuda propiedad del 50% que pertenecía al cónyuge finado, es ahora del hijo (si sobrevive). En esas condiciones se puede vender, pero requeriría la conformidad del hijo, que tendría derecho una parte del valor.
Hay una condición de necesidad (absoluta) que podría darle al cónyuge sobreviviente la posibilidad de vender incluso si se opone el hijo, pero que el único hijo no colabore en caso de necesidad es una situación improbable
acudan al notario, y les indicará lo más adecuado a sus pretensiones y con cabida en el marco legal actual, según cuál sea su comunidad autónoma. Incluso es probable que la legislación de sucesiones sufra cambios con cada vez más frecuencia y en la línea de mayor libertad de disposición, ante lo que podrían volver a testar ... que es cosa buena y es muy barato