Hola Amberlin. Lo que le voy a decir es en referencia al derecho común, si vive usted en una comunidad con derecho propio no lo tenga en cuenta.
En primer lugar asegúrese de que la propiedad, tras el fallecimiento de su abuelo, ha quedado repartida como dice, porque legalmente a su abuela no tiene por qué corresponderle ninguna parte de la mitad que fue de su abuelo, ya que no es heredera forzosa (salvo del usufructo del tercio de mejora). Es decir, lo legal (a menos que su abuelo en testamento dispusiera otra cosa) sería que esa mitad se dividiera en cuatro partes, una por cada hijo, y para la abuela el usufructo de un tercio de esa mitad.
En segundo lugar, su abuela no puede legarle la totalidad de su parte de la casa, a menos que tenga otros bienes con los que cubrir la legítima de sus hijos. Por lo menos un tercio de esa parte ha de ser forzosamente para los hijos a partes iguales; otro tercio puede usarlo para mejorar a uno o varios de los herederos; y con el tercio restante puede hacer lo que quiera.
En referencia a su última pregunta, el tener una parte mayor de la casa no le daría ningún derecho suplementario a venderla si otro de los propietarios no quisiera.
He leído otro post y me ha quedado la suiguiente duda,ya que hay un caso que pone que una abuela no le puede dejar más de 1/3 a su nieta.
Pues eso, mi abuelo murió y entoces le ha quedado la casa a mi abuela y a sus 4 hijos. Entoces creo que mi abuela tiene su 50%(estaba escriturada a nombre de los dos) y una parte de las 5 en la que se divide la parte de mi abuelo(4 para los hijos y la de ella). Ésto creo que es así legalmente.
BUeno mi abuela en el testamento me ha dejado todas las partes que ella tiene(su mitad 1).¿Tendría algún problema en recibir este testamento?
Si no es así,¿tendría problema en vender la casa si alguno de sus hijos no quisiera aunque tenga más de la mitad?