Si se aplica el C.C, a su marido sólo le podría haber dejado el tercio de libre disposición. Por otra parte, el artículo 834 C.C dice que "El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste judicialmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora".
Como están separados, no tendría derecho al usufructo, pero si lo designó como heredero y se respetan las legítimas, entiendo que la separación no influye. Por tanto, creo que le conviene cambiar el testamento.
Suponiendo que se aplique el C.Civil y sin perjuicio de respuestas seguramente más fundadas de otros compañeros.
Hola marimer. No tengo mucha idea de sucesiones, pero entiendo que mientras no exista divorcio, su marido tendría derecho a la herencia. Que esteis separados legalmente, en este caso, no serviría de nada. Yo que usted, hasta no obtener el divorcio, otorgaría nuevo testamento a favor de sus hijos, y que quedase para su marido la parte que por ley no se le puede "quitar". Pero ya le digo que no soy especialista en sucesiones y testamentos. Un saludo.
hace muchos años hice testamento a favor de mi marido (tenemos hijos),ahora estoy separada legalmente ,pregunto:
tengo que hacer otro testamento a favor de mis hijos o al estar esparada él ya no sería heredero de mis bienes