Mi padre casado en segundas nupcias ha dejado un testamento abierto donde se indica:
" Lega a su conyuge actual , en forma alternativa y a su elección, o bien el tercio de libre disposición en pleno dominio y el tercio de mejora en usufructo, libre de fianzas; o bien el usufructo universal, vitalicio y libre de fianza.
¿Esto que significa?
En el siguiente apartado nos nombra a mi hermana y a mi como herederas universales.
¿Que nos corresponde?
Su madrastra puede elegir entre ser la usufructuaria de todos los bienes dejados por su padre tras su muerte, o bien quedarse en propiedad un tercio de esos bienes, y además ser usufructuaria de otro tercio. Para que se diese la primera opción (ustedes propietarios 100% y su madrastra usufructuaria 100%) los herederos han de estar de acuerdo. Si no hay acuerdo, perderán la propiedad del 33% en favor de esa señora y además un 33% de lo que les quede a su hermana y a usted estará sujeto a usufructo vitalicio en favor de ella. Es totalmente legal.