Hola un saludo a todos , mi duda es la siguiente tengo arrendado un local comercial y el arrendador ha desaparecido el local no se abre para nada llevo tres meses sin cobrar la renta , el contrato solo es de un año desde el uno de enero con lo cual al final de año finaliza dicho contrato mi duda es si tendria que enviar un borofax a la direccion del titular del contrato comunicandole el final del contrato o a partir del uno de enero del proximo año yo podria disponer libremente del local ?, gracias por vuestra ayuda es un placer siempre recibir vuestros consejos.
Hola pepara64. El burofax con acuse de recibo debe contener la cantidad adeudada, un plazo de x días para pagarla y la advertencia de entablar acción legal si no paga en el plazo concedido. Además debe ser enviado a la dirección que en el contrato se indicase para comunicaciones. Si NO se pactó ninguna dirección deberá enviarlo a la dirección del local arrendado.
Le aconsejo que el burofax sea redactado por un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos ya que, en función del contenido del mismo y de la actitud del arrendatario al recibirlo, puede reducir el tiempo del desahucio.
Hola un saludo y muchas gracias Jan asi sabre que pasos he de seguir para empezar a tramitar el sesahucio , como siempre un placer recibir vuestros sabios consejos,,gracias y hasta otra.