Mi padre compró un terreno con una casa en ruinas hace unos 40 años. No está escriturado, solo tenemos el contrato de compraventa. El murió hace 30 años y este terreno tampoco constaba en el testamento. Me había olvidado de el, hasta que el propietario de la casa de al lado del terreno empezó a reclamarme ya que debido al mal estado de la casa en ruinas, entra agua en su propiedad en los meses de invierno. ¿Tengo yo que hacerme cargo de esto? Pedí nota simple del terreno y me dicen que no existe, el ibi sigue llegando a nombre de mi padre...
Pues si. Porque una herencia se acepta o se rechaza en su totalidad. Por consiguiene, aunque no conste en las escrituras de adjudicación de herencia (tienes que hacer una adicción) eres el propietario del mismo.
En respuesta a tu pregunta, sí. No existe prueba alguna que descargue la responsabilidad a otra persona, existe un contrato y un impuesto del inmueble a nombre de tu padre. En este caso que está fallecido, desemboca la responsabilidad en sus herederos, que sois tú y tus hermanos o hermanas si los tienes. Si sois copropietarios más de una persona puedes atenuar el gasto, que repartiréis entre vosotros.