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Tarjeta comunitaria y reagrupar a mi madre....

4 Comentarios
 
Tarjeta comunitaria y reagrupar a mi madre....
09/06/2011 12:34
Hola., tengo un año con la tarjeta comunitaria y me gustaría reagrupar a mi madre que tiene mas de 60 años y vive en america, cuanto tiempo debe pasar o como hago pa reagruparla???

Gracias
Lucia
09/06/2011 17:29
Hola. Primero es necesario saber el motivo por el que tiene la tarjeta comunitaria ¿ es cónyuge o pareja de hecho registrada de ciudadano de la Unión?

Un cordial saludo.
09/06/2011 20:11
hola otra vez.., pues tengo la tarjeta comunitaria, porque mi marido y padre de mi hijo es español.

Gracias.
10/06/2011 12:50
Hola. De acuerdo, en ese caso, su madre sí es reagrupable en régimen comunitario.

EN ESPAÑA:

1.- Debe comparecer usted junto con su cónyuge ante un notario y otorgar un acta de manifestaciones, en la cual exprese su voluntad de que su madre venga a España a reunirse con ustedes y compromiso de hacerse cargo económicamente de ella.

2.- Deben hacer que el notario testimonie:

a) Copia de su pasaporte en vigor.

b) Copia de su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

c) Copia del DNI español de su cónyuge.

3.- Luego, deberán mostrarle al notario para que siente razón en el acta:

- Certificado literal de nacimiento de su cónyuge español.

- Certificado literal de matrimonio.

- Certificaciones de que su madre vive a cargo de ustedes (si le han enviado dinero de forma ordinaria).

- Medios de vida de su marido y suyos.

- Copia del contrato de arrendamiento o título de propiedad de la vivienda (no es necesario, pero sí conveniente mostrarlo).

Deben enviar también el certificado de empadronamiento de ambos, actualizado.

Toda la documentación anterior, debe ser enviada a su madre a su país. A la vez, su madre, deberá solicitar cita previa en el Consulado de España que le corresponda EN SU PAÍS y presentar todo lo que usted le envíe más:

A) Impreso normalizado cumplimentado por duplicado:

http://www.maec.es/subwebs/Consulados/Guayaquil/es/MenuPpal/Atenci%C3%B3naciudadanosespa%C3%B1oles/Documentaci%C3%B3nespa%C3%B1ola/Documents/Solicitud%20Visado%20Larga%20Duracion.pdf


B) Pasaporte en vigor, con validez de al menos 6 meses.

C) Certificado literal de nacimiento de su país, con las debidas legalizaciones (Apostilla de La Haya o legalizaciones ordinarias, según el país sea o no signatario del Convenio de La Haya).

D) Documento de identidad del país de su madre.

E) Certificado de antecedentes penales del país de su madre, actualizado y legalizado por vía diplomática.

F) Documentos, de cualquier naturaleza, que prueben fidedignamente que su madre depende económicamente de ustedes.

NOTAS:

- El visado para familiares de ciudadanos de la Unión es GRATUITO.

- NO DEBE INICIAR NINGÚN PROCEDIMIENTO EN LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO. Ese procedimiento solo cabe cuando se trata de reagrupación familiar en régimen general.

- Es importante que los documentos que se envíen desde España tengan una antigüedad no mayor a 3 meses.

- La persona debe solicitar cita previa en el Consulado con antelación suficiente. Con todo, los familiares de comunitarios deben ser despachados preferentemente.

- Cuando la persona llegue a España, debe solicitar, en el plazo de un mes, la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.


01/04/2013 13:38
En primer lugar, darte las gracias Conde de Cartagena, por el gran servicio que prestas en este foro.
Mi duda referente a tu contestación es que todo lo que reflejas es el trámite a realizar en el país extranjero, una vez que se obtiene la resolución favorable en la subdelegación del Gobierno no? Es decir, primero se tramita en España la reagrupación y luego se solicita el visado. Gracias.