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Sustracción internacional de menores, divorcio y regimen de visitas

24 Comentarios
Viendo 21 - 24 de 24 comentarios
19/12/2007 17:46
En España hay una resistencia atavica a dar la custodia a los hombres, y yo soy de la opinión que las mujeres y los hombres somos iguales. No pienso que las juezas, fiscalas, abogadas, ministras...sean malas madres por que trabajen sin embargo si un hombre trabaja parece que es un demerito para tener la custodia.
Afortunadamente vivo en un país donde se considera a las mujeres iguales a los hombres, en todos sus derechos y obligaciones. Por eso confio más en la Justicia aquí (es un país europeo) que en la de España...si ya viendo el follón que tienen montado en el TC asusta. No son los jueces imparciales? y están PP y PSOE a ver a quien nombran/recusan....y ese es el alto Tribunal de España?. No es de extrañar que la Admón de Justicia este tan mal valorada por los ciudadanos españoles.
19/12/2007 11:34
Rus,

Así es se empadrono en España 15 días antes de presentar la demanda de divorcio, la AP resolvió que se había producido una sustracción internacional de menores (sentencia firme) sin embargo sorprendentemente se declararon competentes para conocer sobre el divorcio. Por eso hemos recurrido al Constitucional ya que el juez predeterminado por la Ley que me corresponderia seria el juez del lugar de la residencia habitual antes de producirse el traslado ilicito.
El resultado por utilizar los recursos legales e intentar solucionar las cosas dentro del ambito de la Ley es que llevo TRES años sin VACACIONES con mis hijos, mientras que ella que fue la sustractora se le concedió sorprendentemente la guardia y custodia, fundamentalmente por que es mujer ya que el informe psicosocial decia que los dos estabamos igualmente preparados, logicamente los menores habian pasado mas tiempo con la madre al haber ocurrido una sustracción de menores.
perfil Rus
18/12/2007 16:58
No entiendo. ¿Ella presentó la demanda de divorcio en España teniendo RH en otro país, o ya se había trasladado a España?.
17/12/2007 20:42
Quería puntualizar algunas cosas del mensaje anterior:

- se ha recurrido en Amparo a que el tribubal español no fuese competente para decidir sobre temas de responsabilidad parental: guardia y custodia, patria potestad, pensiones alimenticias. De hecho como sospechabamos en España incluso ante un caso de sustracción internacional de menores se ha concedido la guardia y custodia a la madre, en el país de la UE donde ahora residimos todos, mi ex , los niños y yo no es que fueran a dar a mi la guardia y custodia pero una infracción tan grave conlleva incluso la pérdida de la patria potestad (independientemente del sexo de quien haya cometido la infracción)

- pero es que además ...es un contrasentido que el tribuanl español se declare competente para decidir sobre temas de unos niños que residen a más de 2000 km de distancia. Es absurdo ya que no tienen los medios de prueba ni concoene el entorno de los menores, ni el idioma para decidir sobre a que colegio tienen que ir, etc...ya que entre los progrenitores no llegamos a acuerdos y hay que recurrir al juzgado con los consiguientes escritos, traducciones etc...

Un cordial saludo,
Tritón
Sustracción internacional de menores, divorcio y regimen de visitas
17/12/2007 20:30
Estimados Foreros,

Algunos datos: dos ciudadanos españoles, casados en España pero residiendo en un país de la UE y dos hijos menores nacidos en ese país. Domicilio familiar y d elos menores siempre ha sido en ese país de la UE.

La historia de mi Divorcio es muy larga y complicada. De hecho ya llevo más de tres años sin poder disfrutar de vacaciones con mis hijos, y eso que mi ex-mujer fue condenada por sustracción internacional de menores (según el Convenio de la Haya de 1980), sentencia que ya es firme. La residencia habitual de la familia y de los menores antes de la sustracción era y es un país de la Unión Europea (lugar donde nacieron los menores), sin embargo un Tribunal español se declaro competente, se recurrió pero no nos aceptaron nuestros argumentos. Hemos recurrido en Amparo al TC y si ahí tampoco nos dan la razón de que sea el juez ordinario predeterminado por la Ley (y en caso de sustracción internacional de menores según el reglamento europeo sería el tribunal de residencia de los menores antes de cometerse la sustracción) pues tendremos que recurrir al TEDH. Todo esto empezó hace ya casi tres años desde entonces no he tenido ni un SOLO DIA de VACACIONES con mis hijos. Ni en verano ni en vacaciones, mi ex mujer ha tenido incluso meses de vacaciones, yo en año y medio solo pude verlos 30 horas, ya que ella y sus abogadas (un prestigioso y caro despacho de abogados en España) estuvieron 'jugando' con la competencia y mandando el expediente de un lado a otro.

Por que cuento lo anterior? el tribunal español que se declaro competente concedió a pesar de haber existido una SUSTRACCION INTERNACIONAL DE MENORES la custodia para la madre y eso que el informe psicosocial decia que ambos progenitores eramos aptos para ejercer la custodia (me pregunto que hubiera pasado si hubiera cometido yo la sustracción??). Si se me concedió un regimen amplio de visitas (aunque tenía que haber sido la guardia y custodia) de dos días semanales y un fin de semana de cada dos...PERO...progresivo y paulatino y como resultado no tengo ni pernocta ni vacacioens hasta finales de enero de 2008, es decir sin derecho a vacaciones estas navidades. Mi pregunta es:

Puede mi ex-mujer irse de vacaciones estas navidades? existe una sentencia firme de SUSTRACCION INTERNACIONAL DE MENORES pero es que en la Sentencia de Divorcio (que es firme pero esta recurrida en amparo) dice literalmente que el período de pernocta y vacaciones para el padre empezara a partir de enero de 2008, sin embargo en la sentencia se establece el regimen de visitas anteriormente descrito, así que yo entiendo que si yo no tengo derecho a vacaciones tampoco lo tendría mi ex con los menores, es más si se fuera de vacaciones estaría incumpliendo el regimen de visitas establecido en la Sentencia? es mi interpretación correcta? es decir que por el hecho de tener la guardia y custodia una madre no puede cogerse las vacaciones si de esa manera quebrase el regimen de visitas?

Un cordial saludo,
Tritón