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sustraccion de menor

18 Comentarios
 
Sustraccion de menor
02/07/2011 17:52
Alguien me puede ayudar? me correponde estar con mis hijas un mes de vacaciones, las hemos ido a buscar y se niega a entregarlas, ¿puedo denunciarla por sustracción de menores?


EL SECUESTRO DE NIÑOS EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL

El Código Penal de 1995, entre otras importantes novedades, procedió a suprimir como delito, con sustantividad propia, la sustracción de menores de siete años. En cambio agravó la pena para los delitos de detención ilegal o secuestro cuando la víctima fuera menor de edad o incapaz.

Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores.

El artículo 225 bis del Código Penal modificado por la Ley citada, señala:

1. El progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.

2. A los efectos de este artículo, se considera sustracción:

El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.

La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.
02/07/2011 18:21
No se considera, legalmente, sustracción de menores ya que Vd. no es la persona a la que se le confió legalmente la guarda y custodia (si fuera Vd. quien no entregara el menor al custodio sí se consideraría sustracción) Tampoco se considera sustracción en cuanto al último párrafo ya que es tipificado como falta (por tanto no es "grave") Sí puede aplicarse el último párrafo cuando existen condenas por varios incumplimientos y se tipifica como delito (ya sería "grave")
02/07/2011 18:50
gracias, pero ya tiene dos condenas, una por desobediencia y otra por impedir comunicacion con las menores
02/07/2011 19:10
¿Creeis que se consideraría sustracción el siguiente caso?

En la sentencia de medidas previas no se establece vacaciones para ningun progenitor, la madre solicita periodo de vacaciones presentando un escrito en el juzgado otorgando al padre el mismo periodo de vacaciones pero sin pernocta (reintegrando al menor en casa de la madre a diario), el padre presenta escrito aceptando el acuerdo a cambio de que el periodo de vacaciones con el padre sea con pernocta.

Ni el abogado de ella ni el juez ni fiscal se pronuncian sobre el último escrito presentado por el abogado del padre que solicita el periodo vacacional con pernocta.
La madre se va con el menor su periodo vacacional simplemente notificando por sms que se toma su periodo vacacional no oponiéndose en ningún momento a la petición del padre. El padre entonces entiende que si la madre se ha tomado su periodo vacacional es que acepta el acuerdo.

Si cuando regresa la madre de su periodo vacacional el padre se va de vacaciones y la madre entonces, una vez disfrutadas sus vacaciones, se niega al acuerdo planteado por el padre y denuncia sustracción del menor.

¿Qué pasaría, se consideraría sustracción del menor si el padre ya ha notificado en el juzgado con antelación que desea tomarse su periodo vacacional con pernocta y nadie se ha opuesto a ese escrito?, además comunicando a la madre el mismo día que empieza el periodo vacacional que lo hará con pernocta e incluso comunicándolo el abogado en el juzgado.
02/07/2011 19:24
Buenasuerte, su abogado será quien mejor pueda indicarle cuantas condenas son suficientes para denunciar y que sea tipificado con delito, atendiendo a la motivación de las condenas, dinámica de sentencias del juez, etc.

Un padre ¿existe resolución judicial referente a la petición de vacaciones de la madre? ¿Qué dice exactamente sobre las vacaciones del padre y de la madre?
02/07/2011 19:30
La resolución judicial es el auto de medidas previas, en el que establece que no hay periodo vacacional para ningún progenitor hasta que no se establezca en las medidas definitivas.
Lo que se ha planteado es un escrito en el juzgado por parte de cada progenitor para intentar llegar a un acuerdo de vacaciones extra judicial, en el cual el juzgado no se ha pronunciado, lo único que ha hecho es notificar el escrito a la otra parte.
02/07/2011 19:35
¿el auto da pernoctas al no custodio en las viistas? ¿edad de los menores?
02/07/2011 19:56
Edad actual del menor 2 años y medio
El auto se hizo hace más de un año, cuando el menor tenía un año de edad y no se da pernoctas al menor con el no custodio (la medidas definitivas se están demorando mucho porque están interviniendo los equipos psicosociales).
02/07/2011 20:18
Lógicamente será su abogado quien con mejor criterio pueda indicar como actuar.
Mientras no exista sentencia de definitivas firme el auto de provisionales es el que se debe cumplir (visitas sin pernoctas y sin vacaciones)
Que la custodia y Vd. propongan modificar el auto, planteandolo al juzgado, pero sin éste haberse pronunciado no da opción a variarlo sin que pueda traer consecuencias.
Que el custodio se lleve al menor unos días, no influye si no impide las visitas con el no custodio. En caso de impedir visitas simplemente será condenado por falta, en caso de ser denunciado, e incluso no ser condenado si no existe ejecución de sentencia.
Si el no custodio incumple y no entrega el menor al custodio. según resolución judicial, podría ser tipificado como delito. Personalmente no me expondría al incumplimiento.

Que el custodio se lo lleve de vacaciones implica que hace lo que comunicó al juzgado (que se lo lleva de vacaciones) no implica que acepte la contestación que el no custodio planteó a su escrito.
02/07/2011 20:23
Buenasuerte, si ya tiene dos condenas , ejecute la sentencia por la via civil. Si ya lo ha hecho, solicite medidas cautelares urgentes via art 158 cc., y al mismo tiempo , modificación de medidas.
02/07/2011 20:26
Pero el custodio se lo lleva de vacaciones incumpliendo el régimen de visitas del no custodio, y notificando al no custodio que se va de vacaciones sin negarse a que el no custodio también se vaya, no denunciando el no custodio los incumplimientos del régimen de visitas, por lo que se puede interpretar que se acepta el acuerdo por ambas partes. ¿No?
02/07/2011 20:37
unpadre, que el custodio incumpla el auto y le comunique a Vd que lo va a incumplir no quiere decir que legalmente esté Vd. facultado a incumplir también.
Que el custodio haya presentado un escrito al juzgado proponiendo tener vacaciones ambos con el menor, no custodio sin pernocta, y que Vd. responda al juzgado diciendo que acepta pero que quiere pernoctas no quiere decir que si la parte custodia hace lo que comunicó al juzgado esté aceptando su propuesta de vacaciones con pernocta para el no custodio. Lo que si es claro que ninguno de los dos están facultados a incumplir el auto, aunque ambos quieran variarlo, mientras no lo autorice un juez ninguna de las partes debieran incumplirlo.
Que una parte incumpla (y se exponga a pena por falta) no implica que la otra parte pueda incumplir igualmente (mas si tiene opción de ser condenado por delito)
02/07/2011 20:37
Lo más inmediato sería ir acompañado de la autoridad policial. Llévate la documentación que acredite que te corresponde estar con tus hijos en ese período y que sean ellos los que intermedien. Si aún así se sigue negando, acompañado de esos mismos policías, vete a poner una denuncia. Suerte
02/07/2011 20:41
Si Vd. no denuncia y la otra parte tampoco el juez no se enterará ¿pero tiene Vd. garantías de no ser denunciado si fuerza pernoctas?
02/07/2011 20:49
Conociendo la situación y la mala uva con la que va, es más que probable que denuncie si se fuerza la pernocta, ¿pero y si no se tiene constancia de esa denuncia durante los días que se está fuera de vacaciones?
No creo que el juez admita la denuncia, sino ve mala fe y ambos habíamos comunicado nuestras propuestas, no habiendo negativa a la última propuesta planteada.
Sería un poco ruín por parte del juez condenar al padre por irse con su hijo unos días de vacaciones, teniendo notificación previa el juzgado de las propuestas de acuerdo y no habiendo negativa por parte de nadie, y además habiendo tomado previamente la madre sus vacaciones impidiendo cumplir al padre las visitas pudiendo demostrarlo el no custodio y no habiéndolo denunciado.
¿Cual sería la condena a la que se enfrenta el no custodio en caso de que el juez admita la denuncia?
02/07/2011 20:56
Probablemente fuera juzgado por delito de sustracción de menores así como de incumplimiento de resolución judicial, la parte custodia por falta de incumplimiento de obligaciones familiares (impedir visitas)

¿porqué no comenta esto con su abogado y verá que le aconseja no pretender compararse con un custodio cuando se es no custodio? Espere a la resolución judicial y déjese de aventuras...
02/07/2011 21:00
Y si Vd. no incumple puede solicitar ejecución de sentencia en cuanto a visitas y denunciar los incumplimientos de visitas. Le servirá para intentar que la parte custodia no incumpla a partir de ahora y Vd. no tendrá condena de ningún tipo.
19/07/2011 10:35
Acabo de ver en TVE un caso casi igual de una familia de Jaén. La madre que tiene custodia aceptó que su padre se llevara a la hija de vacaciones pero sin pernocta ya que aún la hija de dos años (además tiene minusvalía) no había dormido nunca con su padre porque las medidas provisionales aún no lo permiten. El padre se la ha llevado diciéndole por sms que está en la playa y que no la volverá a ver hasta dentro de 15 días. La madre intenta contactar con él por todos los medios y tanto él como su familia no cogen el movil ni están en su domicilio.Hay que ponerse en la piel de está familia que no sabe ni si quiera como se encuentra la niña. Pero lo peor es que una niña de esa edad (y más con minusvalía) que ha visto todos los días y dormido siempre con la madre de repente estará 15 días sin verla (si la devuelve), sin tener aún capacidad para asimilar el por qué ya no está su madre. Podría sufrir un gran daño emocional. Ese padre no vela por el bienestar de su hija, con estos actos sólo pretende undir a su madre. Esperemos que la justicia sea dura con él y que la niña sufra lo menos posible. Unpadre si ella actuara de mala fe se habría ido de vacaciones incumpliendo el regimen de visitas (falta leve) y se habría negado a que Vd. tuviera sus vacaciones. ¿que pena le puede caer a este individuo?
19/07/2011 18:39
Me gustaría saber por qué las madres tienen tanto miedo a las pernoctas con el otro progenitor. Solo se trata de que duerman en una cama, nada más. Hay más de una que se imagina cosas que mejor ni publico aquí. Pero ahí estamos, aguantando los caprichos de más de un delirio.