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Suspension

6 Comentarios
 
Suspension
19/03/2007 11:25
¿Solo pedis la suspension de una pena en fase de ejecución? ¿O por el contrario interesais esta medida antes por ejemplo en fase de recurso?
¿Existe alguna diferencia entre un penal normal y un caso ante el juzgado de menores?
Muchas gracias.
20/03/2007 00:37
En fase de ejecución; respecto a la difernecia con Menores, no te sé decir.

¡¡Suerte!! ;)
20/03/2007 19:13
Gracias Ana.
Pienso que en Menores debe de ser igual, pero me gusta confirmar las cosas y la ley no dice nada...
20/03/2007 19:20
Si nadie te contesta, esta noche te miro algo y te cuento.
20/03/2007 19:35
En fase de ejecución, ya que la St. debe ser firme antes de poder acordar nada en relación a la suspensión

En menores, el art. 40 de la Ley 5/2000 establece la posibilidad y el procedimiento para la misma.

Personalmente, en menores no lo he visto nunca, pero es que, hasta el momento, no he tenido ninguna medida de privación de libertad. El resto de medidas, dada su propia naturaleza y finalidad, difícilmente van a ser susceptibles de suspensión.

Un saludo
21/03/2007 19:31
Efectivamente jar1970, el art. 40 recoge la SUSPENSION, ya lo había estudiado, pero en cuanto al procedimiento, por más que leo y releo, no me queda claro...

Por otra parte entiendo que cualquier medida puede ser objeto de suspension, no solo las privativas de libertad...en mi modesta opinión...
22/03/2007 12:42
El procedimiento, pues solicitarlo al iniciar la ejecutoria de la Sentencia.

Es cierto que no se descarta la suspensión de qualquier medida, pero su propia naturaleza, y el hecho de que prevea la ley la libertad vigilada como medida a acordar en caso de suspensión, me hace pensar que difícilmente van a suspender cualquier otra medida. Además, resulta preceptivo el informe del equipo técnico, amén del del fiscal. Si en la vista se ha recomendado una medida por estimarla la más oportuna para el menor, difícilmente se van a contradecir diciendo posteriormente que no es necesaria la medida y que se puede dejar en suspenso, teniendo en cuenta la naturaleza resocializadora y educadora de las medidas que se suelen proponer. Es por ello que creo que difícilmente se van a suspender, sin tener la más mínima casuística al respecto, y entendiendo igual que tú que la ley no parece impedirlo.

Un saludo.