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Suelo de especial protección

1 Comentarios
 
Suelo de especial protección
19/10/2009 13:04
Poseo una finca catalogada como rústica de especial protección (de cauces públicos) en la provincia de Ourense. Me gustaría saber las limitaciones que conlleva esto a la hora de edificar y legislación a la que debo recurrir si fuera necesario. Gracias por vuestra colaboración.
19/10/2009 17:15
Hasta 100 m, medidos desde el MARGEN del cauce zona de policía de aguas con sometimiento de todas las construcciones a autorización por parte del organismo de cuenca.

Hasta 5 m, medidos desde el MARGEN del cauce zona de servidumbre y no se puede ni vallar.

Ley de Aguas.

Aparte de esto hay que tener en cuenta que las competencias urbanísticas son del Excmo. Ayto.

Saludos,