Hola a todos!Os cuento; Se trata de un supuesto práctico de sucesiones y estoy un poca desorientada. Es una herencia de un bien inmueble perteneciente proindiviso a una madre y dos hijas. La madre falleció.Una de las hijas fallece sin dejar testamento, hijos ni marido.La otra hija fallece posteriormente estando ya viuda y deja testamento el que nombra heredero universal a uno de sus hijos y al otro le deja la legítima estricta. El de la legitima renuncia a la herencia.Ahora el único heredero que existe debe liquidar la herencia y registrar el inmueble a su nombre pero en la notaría le indican que debe hacerlo a través de abogado y procurador. Mi pregunta es; si lo único que necesita es una declaración de ultimas voluntades de su abuela y de su tía (puesto que ya conoce la existencia del testamento de su madre) no puede pedirlas él personalmente? ¿cual es la función del abogado en este caso? ¿porque debe intervenir el juzgado de primera instancia?
Si no me he explicado bien me lo indicais y facilito más información. Muchas gracias a todos de antemano