Ante todo, muchas gracias, yo le he transferido la información a las personas correspondientes. Lo que si me han comentado es que en sus DNI y Libro de Familia, si indica el nombre del padre, pero claro, sólo el nombre ¿eso no tiene ninguna validez?
Efectivamente, para tener derecho a la herencia tendrían que estar reconocidas como hijas. Además, en cuanto a la parte que les corresponde, en principio en derecho común (Código civil) la legítima es de 1/3, que debe distribuirse por partes iguales entre los hijos o descendientes de hijos fallecidos. Ahora bien, tendrá que tener en cuenta la posibilidad del derecho foral. Puede obtener más información en la web: www.aherencias.es
las hijas extramatrimoniales, tienen derecho a su parte de la legitima q es 1/3 del total, ese tercio se dividira a partes iguales entre todos los hijos, para q se les reconozca este derecho es imprescindible demostracion de paternidad, es decir, prueba de paternidad q podran solicitar mediante abogado y procurador en el juzgado aunq la liquidacion de herederos haya sido previa a la prueba de paternidad, estos tendrian q abonar su parte a las nuevas herederas.
un saludo
Hola, ante todo decir que no soy abogado, pero por lo que se primero tienen que estar reconocidas las niñas para tener derecho a la herencia.
Una vez que sea así el padre no puede privarles de la parte que le corresponda de legítima, es decir, los bienes del padre se dividen entre tres.
Un tercio se lo da a quien quiere (lo normal es que lo ponga a nombre de los hijos que tiene con su mujer), el otro tercio es para los hijos que el elija (que serán los de su matrimonio) y con el otro tercio que lo llaman legítima está obligado a repartir por partes iguales entre todos sus hijos sean matrimoniales o extramatrimoniales (lo normal es que no deje casi nada a su nombre para que la legítima sea muy pequeña y así no le llegue nada a sus hijas).
Si estoy equivocada a lo mejor algún abogado podría corregirme pero de momento esto es lo único que se.
Hay un hombre que está casada con una mujer, con la que tiene varios hijos. Sin embargo ese hombre tiene 2 hijas con otra mujer, y a esas hijas no están reconocidas (sólo tienen los apellidos de la madre). Escuché algo sobre que los hijos extramatrimoniales tendrían los mismos derechos que los matrimoniales o algo así.
Mi pregunta es: en caso de muerte del padre, ¿a qué tendrían derecho esas hijas? si es que tienen derecho a algo... ¿qué tendrían qué hacer para poder acceder a una posible herencia?