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Sucesion

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Sucesion
12/07/2007 12:23
Buenas Tardes a todos:
Presente una demanda de Jubilación (seguridad Social), para que me concediesen la prestación. Fues estimada en primera Instancia por el juzgado de lo social 5 de Madrid y posteriormente por el TSJ de MAdrid.
Comencé a cobrar la prestación el mes de Agosto del año 2006, Me tenían que abonar unas diferencias devengadas y no percibidas.
El problema es el siguiente: La parte actora ha fallecido en Abril del año 2007, así que las cantidades no percibidas se las dan a sus herederos.

¿podría cobrar dicha cantidad, la persona a la que mediante Testamento le Lega, el usufructo universal de todos sus bienes?