Hola, soy delegado de personal, y mi empresa ha subrogado un departamento, como pertenezco a este departamento he de pasar a la nueva empresa, en ella ya hay Comité, o al menos delegados de personal. Pasamos a la nueva empresa unos 150 trabajadores, y delegados de personal afectados hay uno de un sindicato y dos de otro,delegados de personal, miembros del comité de empresa. Mi pregunta es en que situación quedaremos? gracias
Para hacernos una idea más cabal de vuestra situación tendrías que explicarte con mayor claridad y aportar más información, como por ejemplo si la subrogación será vía art. 44 ET o convenio colectivo, o si vuestro convenio de aplicación será el mismo que el de la empresa que se subroga, etc........
Son necesarios mas datos, como por ej, si el derecho de subrogación viene recogido en el convenio o por ej, decir cuantos miembros de comite erais en tu empresa anterior a la subrogación y si a la que ahora pasais a formar parte,¿cuantos miembros de comité son?, por poner un ejemplo; supongamos que su empresa actual son desde 101 trabajadores hasta menos de 250 trabajadores con lo que tendrá un comité de 9 miembros, pues si ahora al pasar estos 150 mas a formar parte de la empresa supongamos que pasa de los 250, entonces estaríamos hablando de un comité de 13 miembros y por lo tanto deberían de convocarse elecciones parciales para elegir esos 4 miembros que faltan.
En definitiva, si pasa usted a la nueva empresa deja de ser delegado pero claro puede que tengan que realizarse nuevas elecciones.