Hola, en junio de 2022 firme un contrato de alquiler (soy propietario). En el especifique que en el precio del alquiler estaba incluida la comunidad, en ese entonces eran 30€ Mensuales. En noviembre de este año, la comunidad a pasado de 30€ a 50€ mensuales. Puedo legalmente en la prorroga del contrato del año que viene subir esos 20€ que a subido la comunidad mas el 2% de ipc?
Si especificó que alquilaba con la comunidad incluída no puede cobrársela al inquilino, sea cual sea el importe.
Para poder cobrarla, tal y como establece el art. 20 LAU, debío incluir esa previsión en el contrato, y además recoger también en el mismo el importe a fecha de la firma:
"Las partes podrán pactar que los gastos generales (...) Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato"
Asi es: si está incluida en la renta incluida está. No puede cobrarla "aparte".
Y para la subida tampoco es posible puesto que para eso tendría que haber previsto dicha subida.